A/RES/74/261
Naciones Unidas
Asamblea General
Distr. general
9 de enero de 2020
Septuagésimo cuarto período de sesiones
Tema 163 del programa
Financiación de la Operación Híbrida de la Unión
Africana y las Naciones Unidas en Darfur
Resolución aprobada por la Asamblea General
el 27 de diciembre de 2019
[sobre la base del informe de la Quinta Comisión (A/74/607)]
74/261.
Financiación de la Operación Híbrida de la Unión Africana
y las Naciones Unidas en Darfur
La Asamblea General,
Habiendo examinado la nota del Secretario General sobre la financiación de la
Operación Híbrida de la Unión Africana y las Naciones Unidas en Darfur para el
período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de marzo de 2020 1 y el informe
conexo de la Comisión Consultiva en Asuntos Administrativos y de Presupuesto 2,
Recordando la resolución 1769 (2007) del Consejo de Seguridad, de 31 de julio
de 2007, en la que el Consejo estableció la Operación Híbrida de la Unión Afr icana y
las Naciones Unidas en Darfur por un período inicial de 12 meses a partir del 31 de
julio de 2007, así como las resoluciones posteriores en las que el Consejo prorrogó el
mandato de la Operación, la más reciente de las cuales es la resolución 2495 (2019),
de 31 de octubre de 2019, en la que el Consejo prorrogó el mandato de la Operación
hasta el 31 de octubre de 2020,
Recordando también su resolución 62/232 A, de 22 de diciembre de 2007,
relativa a la financiación de la Operación, y sus resoluciones posteriores al respecto,
la más reciente de las cuales es la resolución 73/278 B, de 3 de julio de 2019, así
como su decisión 73/555, de 3 de julio de 2019,
1.
Hace suyas las conclusiones y recomendaciones que figuran en el informe
de la Comisión Consultiva en Asuntos Administrativos y de Presupuesto 2, con
sujeción a lo dispuesto en la presente resolución, y solicita al Secretario General que
asegure su plena aplicación;
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2
19-22727 (S)
A/74/562.
A/74/592.
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