Naciones Unidas Asamblea General A/RES/60/93 Distr. general 6 de enero de 2006 Sexagésimo período de sesiones Tema 101 del programa Resolución aprobada por la Asamblea General el 8 de diciembre de 2005 [sobre la base del informe de la Primera Comisión (A/60/467)] 60/93. Convención sobre prohibiciones o restricciones del empleo de ciertas armas convencionales que puedan considerarse excesivamente nocivas o de efectos indiscriminados La Asamblea General, Recordando su resolución 59/107, de 3 de diciembre de 2004, Recordando con satisfacción la aprobación y la entrada en vigor de la Convención sobre prohibiciones o restricciones del empleo de ciertas armas convencionales que puedan considerarse excesivamente nocivas o de efectos indiscriminados 1, y su artículo 1 enmendado 2, así como del Protocolo sobre fragmentos no localizables (Protocolo I)1, el Protocolo sobre prohibiciones o restricciones del empleo de minas, armas trampa y otros artefactos (Protocolo II)1 y su versión enmendada 3, el Protocolo sobre prohibiciones o restricciones del empleo de armas incendiarias (Protocolo III)1 y el Protocolo sobre armas láser cegadoras (Protocolo IV) 4, Recordando la decisión de la Segunda Conferencia de los Estados Partes encargada del examen de la Convención sobre prohibiciones o restricciones del empleo de ciertas armas convencionales que puedan considerarse excesivamente nocivas o de efectos indiscriminados de establecer un grupo de expertos gubernamentales de composición abierta con dos coordinadores diferentes, uno sobre la cuestión de los restos materiales explosivos de guerra y otro sobre las minas distintas de las minas antipersonal2, Recordando también la función desempeñada por el Comité Internacional de la Cruz Roja en la elaboración de la Convención y de sus Protocolos, y acogiendo con beneplácito la especial labor de sensibilización respecto de las consecuencias humanitarias de los restos explosivos de guerra que llevan a cabo diversas organizaciones internacionales, no gubernamentales y de otra índole, _______________ 1 Véase Anuario de las Naciones Unidas sobre Desarme, vol. 5: 1980 (publicación de las Naciones Unidas, número de venta: S.81.IX.4), apéndice VII. 2 Véase CCW/CONF.II/2, parte II. 3 CCW/CONF.I/16 (Part I), anexo B. 4 Ibíd., anexo A. 05-49321

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