A/RES/71/17
Naciones Unidas
Asamblea General
Distr. general
7 de diciembre de 2016
Septuagésimo primer período de sesiones
Tema 126 l) del programa
Resolución aprobada por la Asamblea General el 21 de noviembre de 2016
[sin remisión previa a una Comisión Principal (A/71/L.15 y Add.1)]
71/17. Cooperación entre las Naciones Unidas y el Consejo
de Europa
La Asamblea General,
Recordando el Acuerdo entre el Consejo de Europa y la Secretaría de las
Naciones Unidas, firmado el 15 de diciembre de 1951, y el Acuerdo de Cooperación
y Enlace entre las secretarías de las Naciones Unidas y del Consejo de Europa, de
19 de noviembre de 1971,
Recordando también su resolución 44/6, de 17 de octubre de 1989, en que
invitó al Consejo de Europa a participar, con carácter de observador, en sus períodos
de sesiones y trabajos, así como sus resoluciones anteriores relativas a la
cooperación entre las Naciones Unidas y el Consejo de Europa,
Reconociendo la contribución que realiza el Consejo de Europa a la protección
y al fortalecimiento de los derechos humanos y las libertades fundamentales, la
democracia y el estado de derecho por medio de sus normas, principios y
mecanismos de vigilancia, así como a la aplicación efectiva de los instrumentos
jurídicos internacionales pertinentes de las Naciones Unidas,
Reconociendo también la contribución del Consejo de Europa al desarrollo del
derecho internacional y observando que el Consejo de Europa permite que Estados
de otras regiones participen en sus instrumentos jurídicos,
Acogiendo con beneplácito el papel que desempeña el Consejo de Europa en la
construcción de una Europa unida y sin líneas divisorias, así como la contribución
del Consejo de Europa a la cohesión, la estabilidad y la seguridad en Europa,
Encomiando la contribución cada vez mayor del Consejo de Europa, incluso a
nivel parlamentario, a la transición democrática en sus regiones vecinas,
encaminada a promover las instituciones y los procedimientos democráticos, y
acogiendo con beneplácito la disposición del Consejo de Europa a seguir
compartiendo su experiencia en la construcción de la democracia con los países
interesados, conforme a un enfoque basado en la demanda,
Acogiendo con beneplácito las relaciones cada vez más estrechas existentes
entre las Naciones Unidas y el Consejo de Europa, y encomiando la contribuc ión de
las delegaciones permanentes del Consejo de Europa en las Oficinas de las Naciones
Unidas en Ginebra y en Viena al fortalecimiento de la cooperación y el aumento de
la sinergia entre las Naciones Unidas y el Consejo de Europa,
16-20701 (S)
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