A/RES/63/111 31. Señala que los Estados partes en un acuerdo internacional relacionado con los fines de la Convención pueden someter, entre otros, al Tribunal o a la Corte Internacional de Justicia toda controversia relativa a la interpretación o la aplicación de dicho acuerdo que se les presente de conformidad con ese acuerdo, y señala también la posibilidad, prevista en los estatutos del Tribunal y de la Corte, de someter las controversias a una sala; 32. Alienta a los Estados partes en la Convención que todavía no lo hayan hecho a que consideren la posibilidad de formular una declaración escrita en que elijan uno o varios de los medios señalados en el artículo 287 de la Convención para la solución de las controversias relativas a la interpretación o la aplicación de la Convención y el Acuerdo relativo a la Parte XI, teniendo presente el carácter amplio del mecanismo de solución de controversias previsto en la Parte XV de la Convención; V La Zona 33. Observa los avances realizados por la Autoridad en sus deliberaciones, alienta a que se ultime cuanto antes el reglamento sobre prospección y exploración de sulfuros polimetálicos y se avance en la elaboración del reglamento sobre prospección y exploración de costras de ferromanganeso con alto contenido de cobalto en la Zona, y reitera la importancia del proceso de elaboración de normas, reglamentos y procedimientos que está llevando a cabo la Autoridad, de conformidad con el artículo 145 de la Convención, para asegurar la protección eficaz del medio marino, con el fin, entre otros, de proteger y conservar los recursos naturales de la Zona y prevenir los efectos perjudiciales que sobre la flora y fauna del medio marino puedan tener las actividades que se realicen en la Zona; 34. Señala la importancia de las funciones encomendadas a la Autoridad en virtud de los artículos 143 y 145 de la Convención, que se refieren a la investigación científica marina y a la protección del medio marino, respectivamente; VI Funcionamiento efectivo de la Autoridad y del Tribunal 35. Hace un llamamiento a todos los Estados partes en la Convención para que paguen puntualmente y en su totalidad las cuotas que se les han asignado para financiar la Autoridad y el Tribunal, y hace un llamamiento también a los Estados partes atrasados en el pago de sus cuotas para que cumplan sin demora sus obligaciones; 36. Insta a todos los Estados partes en la Convención a que asistan a los períodos de sesiones de la Autoridad y exhorta a la Autoridad a que aproveche todas las posibilidades de mejorar la asistencia en Kingston y lograr la participación mundial, incluida la posibilidad de hacer recomendaciones concretas acerca de la cuestión de las fechas; 37. Exhorta a los Estados que aún no lo hayan hecho a que consideren la posibilidad de ratificar el Acuerdo sobre los privilegios e inmunidades del Tribunal 16 15F _______________ 16 10 Naciones Unidas, Treaty Series, vol. 2167, núm. 37925.

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