13º Congreso de las Naciones Unidas sobre Prevención del Delito y Justicia Penal A/RES/70/174 materia de prevención del delito y justicia penal, a fin de aplicar enfoques innovadores para reducir el impacto de la delincuencia urbana y la violencia relacionada con pandillas en determinadas poblaciones y lugares, fomentando la inclusión social y las posibilidades de empleo y procurando facilitar la reinserción social de los adolescentes y los adultos jóvenes; e) Adoptar medidas eficaces para prevenir y combatir el grave problema de los delitos que repercuten en el medio ambiente, como el tráfico de especies de fauna y flora silvestres, incluidas las protegidas por la Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres 28, madera y productos de madera y desechos peligrosos, así como la caza furtiva, reforzando para ello la legislación, la cooperación internacional, la creación de capacidad, las respuestas de la justicia penal y las actividades de aplicación de la ley encaminadas, entre otras cosas, a combatir la delincuencia organizada transnacional, la corrupción y el blanqueo de dinero vinculado a esos delitos; f) Garantizar que nuestras instituciones policiales y de justicia penal dispongan de los conocimientos especializados y la capacidad técnica necesarios para combatir adecuadamente esas formas nuevas y emergentes de delincuencia, en estrecha cooperación y coordinación entre sí, y prestar a esas instituciones el apoyo financiero y estructural que necesiten; g) Proseguir el análisis y el intercambio de información y prácticas relativas a otras formas de la delincuencia organizada transnacional en evolución y de diverso impacto en los planos regional y mundial, a fin de prevenir y combatir más eficazmente el delito y fortalecer el estado de derecho. Entre esos tipos de delincuencia pueden figurar, según el caso, el contrabando de petróleo y sus derivados, el tráfico ilícito de metales preciosos y piedras preciosas, la minería ilegal, la falsificación de bienes de marca, el tráfico de órganos, sangre y tejidos humanos y la piratería y la delincuencia organizada transnacional en el mar 29. 10. Apoyamos la creación y aplicación de procesos consultivos y participativos en materia de prevención del delito y justicia penal, a fin de lograr la participación de todos los miembros de la sociedad, incluidos los que se hallan expuestos al riesgo de la delincuencia y la victimización, para dar más eficacia a nuestra labor de prevención y reforzar la confianza pública y la confianza en los sistemas de justicia penal. Reconocemos nuestra función de liderazgo y nuestra responsabilidad a todos los niveles en la elaboración y aplicación de estrategias de prevención del delito y políticas de justicia penal en los planos nacional y subnacional. Reconocemos también que, para aumentar la eficacia y la imparcialidad de esas estrategias, debemos adoptar medidas para garantizar la contribución de la sociedad civil, el sector privado y las instituciones académicas, incluida la red de institutos del programa de las Naciones Unidas en materia de prevención del delito y justicia penal, así como los medios de comunicación, y todos los demás interlocutores pertinentes, en la formulación y aplicación de políticas de prevención del delito. Así pues, procuramos: a) Planificar y ejecutar políticas y programas amplios que fomenten el desarrollo socioeconómico, con especial atención a la prevención del delito, incluida _______________ 28 Naciones Unidas, Treaty Series, vol. 993, núm. 14537. Conforme a la definición de la Comisión de Prevención del Delito y Justicia Penal que figura en su resolución 22/6 [véase Documentos Oficiales del Consejo Económico y Social, 2013, Suplemento núm. 10 y corrección (E/2013/30 y Corr.1), cap. I, secc. D]. 29 15/17

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