13º Congreso de las Naciones Unidas sobre Prevención del Delito y Justicia Penal A/RES/70/174 Doha del 12 al 19 de abril de 2015, incluida la Declaración de Doha sobre la Integración de la Prevención del Delito y la Justicia Penal en el Marco Más Amplio del Programa de las Naciones Unidas para Abordar los Problemas Sociales y Económicos y Promover el Estado de Derecho a Nivel Nacional e Internacional y la Participación Pública, aprobada en la serie de sesiones de alto nivel del 13º Congreso; 2. Toma nota con aprecio del informe del 13º Congreso 4; 3. Expresa su aprecio a la Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito por su labor de preparación y seguimiento del 13º Congreso, y expresa su agradecimiento a los institutos de la red del programa de las Naciones Unidas en materia de prevención del delito y justicia penal por su contribución al Congreso, en particular con respecto a los seminarios celebrados en el marco del Congreso; 4. Hace suya la Declaración de Doha aprobada por el 13º Congreso y refrendada por la Comisión de Prevención del Delito y Justicia Penal en su 24º período de sesiones, que figura como anexo de la presente resolución; 5. Acoge con beneplácito la iniciativa del Gobierno de Qatar, en colaboración con la Qatar Foundation, de organizar por primera vez un foro de la juventud con anterioridad al 13º Congreso, y aprecia los resultados del Foro de la Juventud de Doha sobre la Prevención del Delito y la Justicia Penal, que se presentaron al Congreso y cuyo texto figura en la Declaración del Foro de la Juventud de Doha 6, alienta a los Estados Miembros a que tengan debidamente en cuenta las recomendaciones de esa Declaración, e invita a los países que acojan futuros congresos a que consideren la posibilidad de celebrar iniciativas similares; 6. Invita a los gobiernos a que tomen en consideración la Declaración de Doha aprobada por el 13º Congreso al formular legislación y directrices de política, y a que hagan todo lo posible por aplicar, cuando proceda, los principios que en ella se enuncian de conformidad con los propósitos y principios de la Carta de las Naciones Unidas; 7. Invita a los Estados Miembros a que determinen los ámbitos comprendidos en la Declaración de Doha que precisen de más instrumentos y manuales de capacitación basados en las normas y mejores prácticas internacionales, y a que presenten esa información a la Comisión para que esta pueda tenerla en cuenta al examinar los posibles ámbitos de actividad futura de la Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito; 8. Acoge con beneplácito la intención del Gobierno de Qatar de trabajar con la Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito para realizar el debido seguimiento de las decisiones adoptadas por el 13º Congreso, en particular, de la aplicación de la Declaración de Doha; 9. Acoge con beneplácito también la iniciativa del Gobierno de Qatar de crear un fondo regional para la educación y la capacitación de niños y jóvenes desplazados y refugiados en el Oriente Medio, con objeto de integrar las dimensiones social y cultural en las estrategias y políticas de prevención del delito; 10. Solicita a la Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito que procure lograr resultados sostenibles y duraderos al elaborar y aplicar sus _______________ 6 A/CONF.222/16, anexo. 3/17

Select target paragraph3