A/RES/51/109 Página 3 o arbitrarias de realizar una misión conjunta de investigación a Nigeria, de conformidad con lo solicitado por la Comisión de Derechos Humanos en su resolución 1996/79, Observando con preocupación que, a pesar de las medidas legislativas y procesales adoptadas para reformar el sistema de administración de justicia, los detenidos en Nigeria siguen siendo objeto de procesos judiciales irregulares, y recordando a ese respecto la ejecución arbitraria de Ken SaroWiwa y sus compañeros, 1. Expresa su profunda preocupación por las violaciones de los derechos humanos y las libertades fundamentales en Nigeria y exhorta al Gobierno de ese país a que asegure con urgencia su observancia, entre otras cosas, excarcelando a todos los presos políticos, dirigentes sindicales, defensores de los derechos humanos y periodistas actualmente detenidos, garantizando la libertad de prensa y asegurando el respeto de los derechos de todas las personas, incluidas las pertenecientes a minorías; 2. Hace un llamamiento al Gobierno de Nigeria para que se cerciore de que los juicios se realicen en estricta conformidad con los instrumentos internacionales de derechos humanos en que ese país sea parte; 3. Hace también un llamamiento al Gobierno de Nigeria para que cumpla las obligaciones que contrajo libremente con arreglo al Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y otros instrumentos de derechos humanos, incluida la Carta Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos y toma nota con interés a ese respecto de las recomendaciones formuladas por el Comité de Derechos Humanos al Gobierno de Nigeria7; 4. Hace además un llamamiento al Gobierno de Nigeria para que cumpla plenamente y sin más demora los compromisos provisionales que contrajo con el Secretario General y se atenga cabalmente a las recomendaciones formuladas por la misión del Secretario General a Nigeria; 5. Deplora que el Gobierno de Nigeria no haya permitido al Relator Especial de la Comisión de Derechos Humanos encargado de la cuestión de la independencia de los jueces y abogados y al Relator Especial de la Comisión de Derechos Humanos encargado de la cuestión de las ejecuciones extrajudiciales, sumarias o arbitrarias visitar el país antes de presentar su informe a la Asamblea General, e insta al Gobierno de Nigeria a que coopere plenamente con ellos, durante la misión conjunta de investigación a Nigeria aprobada por la Comisión de Derechos Humanos, y con el mecanismo correspondiente de esta última; 6. Toma nota de que el Gobierno de Nigeria ha declarado su adhesión al régimen civil y le insta en especial a que adopte medidas concretas para restablecer un gobierno democrático; 7. Observa con beneplácito que el Secretario General se propone interponer sus buenos oficios y le pide que, en el desempeño de su misión de buenos oficios y en cooperación con el Commonwealth, siga celebrando deliberaciones con el Gobierno de Nigeria e informe sobre la aplicación de la presente resolución y sobre las posibilidades de que la comunidad internacional ofrezca asistencia práctica a Nigeria a fin de restaurar en el país el régimen democrático y el pleno disfrute de los derechos humanos; /...

Select target paragraph3