A/RES/53/111 Página 3 capacitación sobre medidas para combatir la delincuencia transnacional organizada destinados al personal encargado de hacer cumplir la ley y de los servicios judiciales; 8. Pide asimismo al Secretario General que intensifique sus esfuerzos por conseguir y asignar, dentro de los límites del presupuesto global de las Naciones Unidas, recursos suficientes a fin de fortalecer la capacidad del Centro para la Prevención Internacional del Delito con miras a ayudar a los Estados Miembros a aplicar plenamente la Declaración Política y el Plan de Acción Mundial de Nápoles; 9. Pide además al Secretario General que siga prestando servicios de cooperación técnica, asesoramiento y otras formas de asistencia a los Estados Miembros que los soliciten en materia de prevención del delito y justicia penal, incluida la esfera de prevención y control de la delincuencia transnacional organizada; 10. Decide establecer un comité especial intergubernamental de composición abierta con la finalidad de elaborar una convención internacional amplia contra la delincuencia transnacional organizada y de examinar, si procede, la posibilidad de elaborar instrumentos internacionales que aborden la trata de mujeres y niños, la lucha contra la fabricación y el tráfico ilícitos de armas de fuego, sus piezas, componentes y municiones, y el tráfico ilícito de migrantes y el transporte de éstos, incluso por mar; 11. Acoge con agradecimiento el ofrecimiento del Gobierno de la Argentina de actuar como anfitrión de una reunión preparatoria oficiosa del comité especial intergubernamental en Buenos Aires, del 31 de agosto al 4 de septiembre de 1998, para que la labor de elaboración de la convención pueda continuar sin interrupción; 12. Pide al Secretario General que convoque una reunión del comité especial intergubernamental en Viena, del 18 al 29 de enero de 1999, y que considere la posibilidad de convocar una segunda reunión antes del octavo período de sesiones de la Comisión de Prevención del Delito y Justicia Penal, si ello resulta necesario para impulsar el proceso; 13. Decide aceptar la recomendación de la Comisión de elegir Presidente del comité especial intergubernamental al Sr. Luigi Lauriola (Italia); 14. Pide al comité especial intergubernamental que, al realizar su labor en cumplimiento de lo dispuesto en el párrafo 10 supra, tenga en cuenta el informe del grupo intergubernamental de expertos, el informe del grupo de trabajo encargado de examinar la aplicación de la Declaración Política y el Plan de Acción Mundial de Nápoles contra la Delincuencia Transnacional Organizada7 y sus apéndices y las resoluciones del Consejo Económico y Social 1998/18, 1998/19 y 1998/20, de 28 de julio de 1998; 15. Pide al Secretario General que proporcione los recursos necesarios para convocar, apoyar y dar seguimiento a la labor del comité especial intergubernamental; 16. Invita a los países donantes a que cooperen con los países en desarrollo para asegurar su plena participación en la labor del comité especial intergubernamental; 7 Documentos Oficiales del Consejo Económico y Social, 1998, Suplemento No. 10 y corrección (E/1998/30 y Corr.1), anexo III. /...

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