A/RES/67/188*
Naciones Unidas
Distr. general
12 de marzo de 2013
Asamblea General
Sexagésimo séptimo período de sesiones
Tema 103 del programa
Resolución aprobada por la Asamblea General el 20 de diciembre de 2012
[sobre la base del informe de la Tercera Comisión (A/67/458)]
67/188. Reglas mínimas para el tratamiento de los reclusos
La Asamblea General,
Teniendo presente que las Naciones Unidas vienen preocupándose desde hace
tiempo por que se humanice la justicia penal y se protejan los derechos humanos,
Reafirmando la importancia de las reglas y normas de las Naciones Unidas en
materia de prevención del delito y justicia penal, y especialmente de que se
promueva su aplicación,
Poniendo de relieve que en la Declaración de Salvador sobre estrategias
amplias ante problemas globales: los sistemas de prevención del delito y justicia
penal y su desarrollo en un mundo en evolución 1, los Estados Miembros
reconocieron que un sistema de justicia penal eficaz, justo y humano se basaba en el
compromiso de proteger los derechos humanos en la administración de justicia y en
la prevención del delito y la lucha contra la delincuencia y reconocieron el valor y el
impacto de las reglas y normas de las Naciones Unidas al elaborar y aplicar las
políticas, leyes, procedimientos y programas nacionales en materia de prevención
del delito y justicia penal,
Recordando su resolución 65/230, de 21 de diciembre de 2010, titulada
“12° Congreso de las Naciones Unidas sobre Prevención del Delito y Justicia
Penal”, en la que solicitó a la Comisión de Prevención del Delito y Justicia Penal
que estableciera un grupo intergubernamental de expertos de composición abierta
para intercambiar información sobre las mejores prácticas, la legislación nacional y
el derecho internacional en vigor, así como sobre la revisión de las actuales reglas
mínimas de las Naciones Unidas para el tratamiento de los reclusos a fin de que
reflejaran los avances recientes de la ciencia penitenciaria y las mejores prácticas,
con miras a formular recomendaciones a la Comisión sobre posibles medidas
posteriores, y solicitó al grupo de expertos que informara a la Comisión sobre los
progresos realizados en su labor,
_______________
* Publicado nuevamente por razones técnicas el 15 de julio de 2013.
1
Resolución 65/230, anexo.
12-48991S*
*1248991*
Se ruega reciclar