A/RES/67/188* Naciones Unidas Distr. general 12 de marzo de 2013 Asamblea General Sexagésimo séptimo período de sesiones Tema 103 del programa Resolución aprobada por la Asamblea General el 20 de diciembre de 2012 [sobre la base del informe de la Tercera Comisión (A/67/458)] 67/188. Reglas mínimas para el tratamiento de los reclusos La Asamblea General, Teniendo presente que las Naciones Unidas vienen preocupándose desde hace tiempo por que se humanice la justicia penal y se protejan los derechos humanos, Reafirmando la importancia de las reglas y normas de las Naciones Unidas en materia de prevención del delito y justicia penal, y especialmente de que se promueva su aplicación, Poniendo de relieve que en la Declaración de Salvador sobre estrategias amplias ante problemas globales: los sistemas de prevención del delito y justicia penal y su desarrollo en un mundo en evolución 1, los Estados Miembros reconocieron que un sistema de justicia penal eficaz, justo y humano se basaba en el compromiso de proteger los derechos humanos en la administración de justicia y en la prevención del delito y la lucha contra la delincuencia y reconocieron el valor y el impacto de las reglas y normas de las Naciones Unidas al elaborar y aplicar las políticas, leyes, procedimientos y programas nacionales en materia de prevención del delito y justicia penal, Recordando su resolución 65/230, de 21 de diciembre de 2010, titulada “12° Congreso de las Naciones Unidas sobre Prevención del Delito y Justicia Penal”, en la que solicitó a la Comisión de Prevención del Delito y Justicia Penal que estableciera un grupo intergubernamental de expertos de composición abierta para intercambiar información sobre las mejores prácticas, la legislación nacional y el derecho internacional en vigor, así como sobre la revisión de las actuales reglas mínimas de las Naciones Unidas para el tratamiento de los reclusos a fin de que reflejaran los avances recientes de la ciencia penitenciaria y las mejores prácticas, con miras a formular recomendaciones a la Comisión sobre posibles medidas posteriores, y solicitó al grupo de expertos que informara a la Comisión sobre los progresos realizados en su labor, _______________ * Publicado nuevamente por razones técnicas el 15 de julio de 2013. 1 Resolución 65/230, anexo. 12-48991S* *1248991* Se ruega reciclar

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