A/HRC/RES/57/27
b)
Agilicen el establecimiento de una comisión nacional de derechos humanos en
consonancia con los principios relativos al estatuto de las instituciones nacionales de
promoción y protección de los derechos humanos (Principios de París), prevista por ley
en 2016, y la doten de los recursos adecuados para vigilar las violaciones y conculcaciones
de los derechos humanos y garantizar la rendición de cuentas a ese respecto, y prevean un
proceso de contratación que garantice igualdad de oportunidades para la representación de
las mujeres, las personas pertenecientes a grupos marginados y las personas con
discapacidad;
c)
Celebren, cuando sea posible y de manera transparente, elecciones oportunas,
libres y limpias con arreglo al principio de un voto por persona en los estados federados y en
los distritos;
d)
Continúen su cooperación con el Representante Especial del Secretario
General para Somalia y Jefe de la Misión de Asistencia de las Naciones Unidas en Somalia;
e)
Colaboren estrechamente con la Experta Independiente sobre la situación de
los derechos humanos en Somalia y faciliten sus visitas al país para que pueda cumplir su
mandato;
f)
Fomenten un enfoque inclusivo y accesible de la participación política en el
Gobierno Federal y en los estados federados garantizando oportunidades plenas, igualitarias
y significativas a las mujeres, los desplazados internos, las personas con discapacidad y las
personas pertenecientes a grupos minoritarios y marginados, y un acuerdo sobre un futuro
modelo electoral que favorezca la inclusividad en todas las etapas;
g)
Cumplan su compromiso de reformar el sector de la seguridad, entre otras
medidas garantizando la participación activa y significativa de las mujeres en la puesta en
marcha de la estructura de seguridad nacional, a fin de que las instituciones y las fuerzas de
seguridad somalíes cumplan las disposiciones aplicables del derecho nacional e
internacional, así como el derecho internacional de los derechos humanos, también en lo
referente a la protección de las personas contra la violencia sexual y de género, entre otras
cosas, y a la prevención de las ejecuciones extrajudiciales, y de reforzar la rendición de
cuentas interna y externa de todas las instituciones y fuerzas de seguridad pertinentes;
h)
Velen, para que continúe el apoyo internacional al sector de la seguridad, por
que todas las operaciones de seguridad se adhieran a sus obligaciones pertinentes en virtud
del derecho internacional humanitario y den prioridad a la protección de los civiles,
observando que los esfuerzos de reforma del sector de la seguridad deberían incluir la
formación especializada de las fuerzas de seguridad somalíes para prevenir las ejecuciones
extrajudiciales, garantizar el control civil de dichas fuerzas y fomentar la confianza de las
comunidades locales;
i)
Refuercen el marco jurídico y operacional de protección de la infancia en
Somalia, entre otros medios aplicando rápidamente la Ley de los Derechos del Niño, estudien
la posibilidad de que Somalia pase a ser parte en los protocolos facultativos de la Convención
sobre los Derechos del Niño y la Carta Africana sobre los Derechos y el Bienestar del Niño,
impidan el reclutamiento y la utilización ilegales de niños en las fuerzas armadas de todo
tipo, colaboren con organizaciones especializadas, como el Fondo de las Naciones Unidas
para la Infancia, para que los niños que hayan estado asociados a fuerzas y grupos armados,
incluidos los que puedan haber cometido delitos, sean tratados principalmente como víctimas
y también garantizar su plena reintegración mediante programas que tengan en cuenta las
cuestiones de género y estén basados en la familia y la comunidad, y el acceso a la atención
sanitaria, incluida la salud mental y el apoyo psicosocial, y a programas educativos, de
acuerdo con los Principios y Directrices sobre los Niños Asociados a Fuerzas Armadas o
Grupos Armados, que han sido refrendados por el Gobierno Federal de Somalia, e
identifiquen a los autores de dichas violaciones y conculcaciones y les hagan rendir cuentas;
j)
Aseguren el cumplimiento de la Declaración sobre Escuelas Seguras, que el
Gobierno Federal refrendó en octubre de 2015, para garantizar la protección de los
establecimientos educativos, los estudiantes y el personal docente;
k)
Agilicen la aprobación y plena aplicación de las recomendaciones y
actividades previstas en el plan de acción nacional sobre las mujeres y la paz y la seguridad
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GE.24-18728