A/RES/54/117
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6. Observa también con satisfacción la cooperación cada vez más estrecha entre la Organización
para la Seguridad y la Cooperación en Europa, la Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los
Refugiados y la Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos;
7. Observa además con satisfacción la participación del Representante Especial del Secretario
General para los niños y los conflictos armados en la Conferencia de Examen de la Organización para la
Seguridad y la Cooperación en Europa, celebrada en Estambul en noviembre de 1999, y toma nota con
aprecio del compromiso de esa organización, expresado en la declaración aprobada por los Jefes de Estado
o de Gobierno en la Cumbre de Estambul, de promover los derechos y los intereses de los niños,
especialmente durante los conflictos y después de éstos;
8. Reconoce la labor realizada por la Misión de verificación en Kosovo antes de su retirada el 20
de marzo de 1999, comprobando la aplicación de la resolución 1199 (1998) del Consejo de Seguridad,
de 23 de septiembre de 1998, de conformidad con la resolución 1203 (1998) del Consejo, de 24 de octubre
de 1998, y la contribución de la Organización para la Seguridad y la Cooperación en Europa a la
aplicación de la resolución 1160 (1998) del Consejo de Seguridad, de 31 de marzo de 1998, incluida la
contribución del Presidente en ejercicio de esa organización a los informes preparados por el Secretario
General en cumplimiento de la mencionada resolución;
9. Encomia a la Organización para la Seguridad y la Cooperación en Europa por la ayuda
proporcionada a la Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Refugiados con el fin de hacer
frente a la situación creada por la enorme afluencia de refugiados de Kosovo (República Federativa de
Yugoslavia) a Albania y a la ex República Yugoslava de Macedonia, de marzo a junio de 1999;
10. Expresa su reconocimiento por la contribución de la Organización para la Seguridad y la
Cooperación en Europa a la Misión de Administración Provisional de las Naciones Unidas en Kosovo en
lo relativo a la aplicación de la resolución 1244 (1999) del Consejo de Seguridad, de 10 de junio de 1999,
incluida la creación, de conformidad con dicha resolución, de la Misión de la Organización para la
Seguridad y la Cooperación en Europa en Kosovo como parte esencial de la Misión de Administración
Provisional de las Naciones Unidas, encargada de establecer las instituciones y, entre otras cosas, adiestrar
al nuevo servicio de policía de Kosovo, formar al personal judicial y a los administradores civiles,
promover la libertad de los medios de comunicación, la democratización y la buena gestión pública,
organizar y supervisar las elecciones y vigilar, proteger y promover los derechos humanos, en cooperación,
entre otros, con la Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, y hace hincapié
en la determinación de las Naciones Unidas y de la Organización para la Seguridad y la Cooperación en
Europa de dar pleno cumplimiento a la resolución 1244 (1999);
11. Celebra que la Organización para la Seguridad y la Cooperación en Europa esté dispuesta a
continuar desempeñando, en cooperación con las Naciones Unidas, el papel que se le asignó en el Acuerdo
Marco General de Paz en Bosnia y Herzegovina4, en particular en lo relativo a los derechos humanos y
la reforma de la policía y de la administración de justicia;
4
A/50/790–S/1995/999; véase Documentos Oficiales del Consejo de Seguridad, quincuagésimo año,
Suplemento de octubre, noviembre y diciembre de 1995, documento S/1995/999.
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