A/RES/59/192
Naciones Unidas
Asamblea General
Distr. general
18 de marzo de 2005
Quincuagésimo noveno período de sesiones
Tema 105 b) del programa
Resolución aprobada por la Asamblea General el 20 de diciembre de 2004
[sobre la base del informe de la Tercera Comisión (A/59/503/Add.2)]
59/192. Declaración sobre el derecho y el deber de los individuos,
los grupos y las instituciones de promover y proteger
los derechos humanos y las libertades fundamentales
universalmente reconocidos
La Asamblea General,
Recordando su resolución 53/144, de 9 de diciembre de 1998, en la que aprobó
por consenso la Declaración sobre el derecho y el deber de los individuos, los grupos
y las instituciones de promover y proteger los derechos humanos y las libertades
fundamentales universalmente reconocidos, que figura como anexo de esa resolución,
y reiterando la importancia de la Declaración y de que se le dé amplia difusión,
Recordando también todas las resoluciones anteriores sobre esta cuestión, en
particular su resolución 58/178, de 22 de diciembre de 2003, y la resolución
2004/68 de la Comisión de Derechos Humanos, de 21 de abril de 2004 1,
Observando con profunda preocupación que, en muchos países, las personas
y las organizaciones dedicadas a promover y defender los derechos humanos y las
libertades fundamentales sufren amenazas, acoso e inseguridad como resultado de
esas actividades,
Sumamente preocupada por el elevado número de violaciones de los derechos
humanos que se siguen cometiendo contra personas dedicadas a promover y
defender los derechos humanos y las libertades fundamentales en todo el mundo y
por el hecho de que, en algunos países de todas las regiones del mundo, persista la
impunidad respecto de las amenazas, los ataques y los actos de intimidación contra
los defensores de los derechos humanos y de que ello repercuta negativamente en su
labor y su seguridad,
Recordando que los defensores de los derechos humanos tienen derecho a ser
protegidos por la ley en condiciones de igualdad, y profundamente preocupada por
cualquier abuso en los procedimientos civiles o penales incoados contra ellos como
consecuencia de sus actividades de promoción y protección de los derechos
humanos y las libertades fundamentales,
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1
Véase Documentos Oficiales del Consejo Económico y Social, 2004, Suplemento No. 3 (E/2004/23),
cap. II, secc. A.
04-48781