A/RES/58/141
conformidad con los propósitos y principios de la Carta de las Naciones Unidas y
con el derecho internacional, en particular respetando plenamente la soberanía y la
integridad territorial de los Estados, el principio de no intervención en los asuntos
internos de los Estados y todos los derechos humanos y libertades fundamentales, y
sobre la base de los principios de igualdad de derechos y respeto mutuo;
Insta a todos los Estados a que ratifiquen la Convención Única de 1961
2.
sobre Estupefacientes, modificada por el Protocolo de 1972 10, el Convenio sobre
Sustancias Sicotrópicas de 19718 y la Convención de las Naciones Unidas contra el
Tráfico Ilícito de Estupefacientes y Sustancias Sicotrópicas de 1988 11 o se adhieran
a ellos, y a que apliquen todas sus disposiciones;
II
Cooperación internacional en la lucha contra el problema mundial de las
drogas y seguimiento del vigésimo período extraordinario de sesiones
1.
Reafirma la Declaración Ministerial Conjunta y medidas adicionales para
la aplicación de los planes de acción emanados del vigésimo período extraordinario
de sesiones de la Asamblea General, adoptada durante la serie de sesiones a nivel
ministerial del 46º período de sesiones de la Comisión de Estupefacientes 12, que
enfatiza que el problema mundial de las drogas debe abordarse en los contextos
multilateral, regional, bilateral y nacional, que para tener éxito, la acción para
contrarrestarlo deberá contar con la participación de todos los Estados Miembros,
deberá estar respaldada por una enérgica cooperación internacional y para el
desarrollo y deberá incluirse además en las prioridades de desarrollo nacional, y que
dicha acción requiere un equilibrio entre la reducción de la oferta y la reducción de la
demanda así como una estrategia amplia que combine el desarrollo alternativo,
incluido, según proceda, el desarrollo alternativo preventivo, la erradicación, la
interdicción, la represión, la prevención, el tratamiento y la rehabilitación, así como
la educación;
Exhorta a todos los actores pertinentes a que sigan cooperando
2.
estrechamente con los gobiernos en la labor de promover y aplicar los resultados del
vigésimo período extraordinario de sesiones y de la serie de sesiones a nivel
ministerial del 46° período de sesiones de la Comisión de Estupefacientes;
Estrategias nacionales de fiscalización de drogas
3.
Subraya que la reunión y el análisis de datos y la evaluación de los
resultados de las políticas vigentes son instrumentos indispensables para poder
seguir formulando políticas sólidas de fiscalización de drogas que se basen en
pruebas científicas;
Reducción de la demanda
4.
Insta a todos los Estados Miembros a ejecutar el Plan de Acción4 para la
aplicación de la Declaración sobre los principios rectores de la reducción de la
_______________
10
Naciones Unidas, Recueil des Traités, vol. 976, No. 14152.
Véase Documentos Oficiales de la Conferencia de las Naciones Unidas para la Aprobación de una
Convención contra el Tráfico Ilícito de Estupefacientes y Sustancias Sicotrópicas, Viena, 25 de
noviembre a 20 de diciembre de 1988, vol. I (publicación de las Naciones Unidas, número de venta:
S.94.XI.5).
12
A/58/124, secc. II.A.
11
3
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