A/RES/59/13 para el período comprendido entre el 1° de julio y el 20 de noviembre de 2004, de conformidad con los niveles establecidos en su resolución 55/235, con los ajustes hechos en su resolución 55/236, de 23 de diciembre de 2000, y con las actualizaciones hechas en su resolución 58/256, de 23 de diciembre de 2003, teniendo en cuenta la escala de cuotas para 2004, que figura en su resolución 58/1 B, de 23 de diciembre de 2003; 16. Decide además que, de conformidad con lo dispuesto en su resolución 973 (X), de 15 de diciembre de 1955, se deduzcan de las sumas resultantes del prorrateo entre los Estados Miembros indicado en el párrafo 15 supra las partes que les correspondan de la suma de 287.709 dólares en el Fondo de Nivelación de Impuestos, que representa los ingresos adicionales estimados por concepto de contribuciones del personal aprobados para la Misión para el período comprendido entre el 1° de julio y el 20 de noviembre de 2004; 17. Decide prorratear entre los Estados Miembros la suma de 43.055.543 dólares para el período comprendido entre el 21 de noviembre de 2004 y el 20 de mayo de 2005, de conformidad con las modalidades previstas en el párrafo 15 supra, y teniendo en cuenta la escala de cuotas para 2004 y 2005 que figura en su resolución 58/1 B, siempre que el Consejo de Seguridad decida prorrogar el mandato de la Misión; 18. Decide también que, de conformidad con lo dispuesto en su resolución 973 (X), se deduzcan de las sumas resultantes del prorrateo entre los Estados Miembros indicado en el párrafo 17 supra las partes que les correspondan de la suma de 3.004.991 dólares en el Fondo de Nivelación de Impuestos, que representa los ingresos estimados por concepto de contribuciones del personal aprobados para la Misión para el período comprendido entre el 21 de noviembre de 2004 y el 20 de mayo de 2005; 19. Decide además prorratear entre los Estados Miembros la suma de 8.081.900 dólares para la Misión para el período comprendido entre el 21 de mayo y el 30 de junio de 2005, de conformidad con las modalidades previstas en el párrafo 15 supra, y teniendo en cuenta la escala de cuotas para 2005 que figura en su resolución 58/1 B; 20. Decide que, de conformidad con lo dispuesto en su resolución 973 (X), se deduzcan de las sumas resultantes del prorrateo entre los Estados Miembros indicado en el párrafo 19 supra las partes que les correspondan de la suma de 382.900 dólares en el Fondo de Nivelación de Impuestos, que representa los ingresos estimados por concepto de contribuciones del personal aprobados para la Misión para el período comprendido entre el 21 de mayo y el 30 de junio de 2005; 21. Decide también que, en el caso de los Estados Miembros que hayan cumplido sus obligaciones financieras con la Misión, se deduzcan de las sumas resultantes del prorrateo indicado en el párrafo 15 supra las partes que les correspondan del saldo no comprometido y de otros ingresos, que ascienden a un total de 14.583.900 dólares en relación con el ejercicio económico terminado el 30 de junio de 2003, de conformidad con los niveles establecidos en su resolución 55/235, con los ajustes hechos en su resolución 55/236 y en su resolución 57/290 A, de 20 de diciembre de 2002, teniendo en cuenta la escala de cuotas para 2003 que figura en sus resoluciones 55/5 B, de 23 de diciembre de 2000, y 57/4 B, de 20 de diciembre de 2002; 4

Select target paragraph3

Connect to a paragraph
Connect to an entity
Disable highlights
Add to table of contents