A/RES/58/255 Naciones Unidas Asamblea General Distr. general 11 de febrero de 2004 Quincuagésimo octavo período de sesiones Tema 132 del programa Resolución aprobada por la Asamblea General el 23 de diciembre de 2003 [sobre la base del informe de la Quinta Comisión (A/58/580)] 58/255. Financiación del Tribunal Internacional para el enjuiciamiento de los presuntos responsables de las violaciones graves del derecho internacional humanitario cometidas en el territorio de la ex Yugoslavia desde 1991 La Asamblea General, Habiendo examinado los informes del Secretario General sobre la financiación para el bienio 2004-2005 del Tribunal Internacional para el enjuiciamiento de los presuntos responsables de las violaciones graves del derecho internacional humanitario cometidas en el territorio de la ex Yugoslavia desde 1991 1 y el informe conexo de la Comisión Consultiva en Asuntos Administrativos y de Presupuesto 2, Recordando su resolución 47/235, de 14 de septiembre de 1993, sobre la financiación del Tribunal Internacional para la ex Yugoslavia, así como sus resoluciones posteriores sobre el tema, las más recientes de las cuales son las resoluciones 56/247 B, de 27 de marzo de 2002, y 57/288, de 20 de diciembre de 2002, Recordando también la resolución 1503 (2003) del Consejo de Seguridad, de 28 de agosto de 2003, relativa a la creación del nuevo cargo de Fiscal del Tribunal Internacional para Rwanda, Acogiendo con beneplácito las novedades y mejoras en la gestión y las actividades del Tribunal Internacional para la ex Yugoslavia logradas hasta la fecha durante el bienio 2002-2003, Toma nota de los informes del Secretario General sobre la financiación 1. para el bienio 2004-2005 del Tribunal Internacional para el enjuiciamiento de los presuntos responsables de las violaciones graves del derecho internacional humanitario cometidas en el territorio de la ex Yugoslavia desde 19911 y el informe conexo de la Comisión Consultiva en Asuntos Administrativos y de Presupuesto2; 2. Hace suyas las conclusiones y recomendaciones que figuran en el informe de la Comisión Consultiva2, con sujeción a lo dispuesto en la presente resolución; _______________ 1 2 03 50985 A/58/226, A/58/288 y A/58/368. A/58/449.

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