Naciones Unidas
Asamblea General
A/RES/61/175
Distr. general
8 de de marzo de 2007
Sexagésimo primer período de sesiones
Tema 67 c) del programa
Resolución aprobada por la Asamblea General el 19 de diciembre de 2006
[sobre la base del informe de la Tercera Comisión (A/61/443/Add.3)]
61/175. Situación de los derechos humanos en Belarús
La Asamblea General,
Guiada por los propósitos y principios de la Carta de las Naciones Unidas, las
disposiciones de la Declaración Universal de Derechos Humanos 1, los pactos
internacionales de derechos humanos 2 y otros instrumentos pertinentes de derechos
humanos,
Reafirmando que todos los Estados tienen la obligación de promover y
proteger los derechos humanos y las libertades fundamentales y de cumplir sus
obligaciones internacionales,
Consciente de que Belarús es parte en el Pacto Internacional de Derechos
Civiles y Políticos2 y sus protocolos facultativos 3, el Pacto Internacional de
Derechos Económicos, Sociales y Culturales2, la Convención Internacional sobre la
Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Racial 4, la Convención contra
la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes 5, la
Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la
mujer 6 y su Protocolo Facultativo 7, y la Convención sobre los Derechos del Niño 8 y
el Protocolo Facultativo relativo a la venta de niños, la prostitución infantil y la
utilización de niños en la pornografía 9,
_______________
1
Resolución 217 A (III).
Resolución 2200 A (XXI), anexo.
3
Véase la resolución 2200 A (XXI), anexo, y la resolución 44/128, anexo.
4
Naciones Unidas, Treaty Series, vol. 660, No. 9464.
5
Ibíd., vol. 1465, No. 24841.
6
Ibíd., vol. 1249, No. 20378.
7
Ibíd., vol. 2131, No. 20378.
8
Ibíd., vol. 1577, No. 27531.
9
Ibíd., vol. 2171, No. 27531.
2
06-50496