A/HRC/RES/57/30
Recordando la celebración de la Conferencia Mundial de Ministros de Asuntos de la
Juventud en Lisboa, en agosto de 1998, y de la Conferencia Mundial de Ministros de Asuntos
de la Juventud 2019 y el Foro de la Juventud Lisboa+21, también en Lisboa, en junio de 2019,
y recordando asimismo sus Declaraciones sobre Políticas y Programas relativos a la
Juventud, especialmente en lo que se refiere al empoderamiento de los jóvenes y sus
representantes y al compromiso de proteger, respetar y hacer efectivos los derechos humanos
y las libertades fundamentales de todos los jóvenes, protegiendo a los más desfavorecidos y
a los que se encuentran en situaciones vulnerables y contribuyendo a la creación de
indicadores para evaluar el impacto de las políticas y programas relativos a la juventud,
Alentando a los Estados a que apliquen efectivamente la Agenda 2030 para el
Desarrollo Sostenible, y reafirmando la necesidad de elaborar e implementar estrategias que
den a los jóvenes de todo el mundo, incluidos los que se encuentran en situaciones
vulnerables, oportunidades reales para permitir su participación plena, efectiva y significativa
en la sociedad y en los procesos pertinentes de adopción de decisiones y el seguimiento en
las esferas política, económica, social y cultural, incluidas la elaboración y aplicación de
políticas, programas e iniciativas, en particular los destinados a aplicar la Agenda 2030,
Recordando el evento de alto nivel celebrado por la Asamblea General el 29 de mayo
de 2015 para conmemorar el 20º aniversario del Programa de Acción Mundial para los
Jóvenes, que brindó una oportunidad importante para que los Estados y otros interesados
pertinentes evaluaran los progresos realizados en su aplicación y determinaran las
deficiencias y los problemas, así como el camino que se había de seguir, para lograr su
aplicación plena, efectiva y acelerada,
Acogiendo con beneplácito la resolución 76/6 de la Asamblea General, de 15 de
noviembre de 2021, sobre el seguimiento del informe del Secretario General titulado
“Nuestra Agenda Común”1, y haciendo notar el “Llamamiento a la acción en favor de los
derechos humanos” realizado por el Secretario General,
Acogiendo con beneplácito también la mesa redonda titulada “Compromiso de los
jóvenes con el cambio climático y los procesos de adopción de decisiones relativas al medio
ambiente a nivel mundial”, celebrada en el 54º período de sesiones del Consejo de Derechos
Humanos, en septiembre de 2023, de conformidad con la resolución 51/17 del Consejo, y el
informe resumido preparado al respecto por la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones
Unidas para los Derechos Humanos2,
Tomando nota del informe elaborado por el Alto Comisionado de las Naciones Unidas
para los Derechos Humanos sobre las soluciones para promover la educación digital de los
jóvenes y garantizar su protección frente a las amenazas en línea3, de conformidad con la
resolución 51/17 del Consejo de Derechos Humanos,
Acogiendo con beneplácito la resolución 76/306 de la Asamblea General, de 8 de
septiembre de 2022, sobre el establecimiento de la Oficina de las Naciones Unidas para la
Juventud como oficina dedicada a los asuntos de la juventud en la Secretaría, que integra la
Oficina de la Enviada del Secretario General para la Juventud, y su labor dedicada a atender
las necesidades de los jóvenes y a situarlos como una prioridad transversal de las Naciones
Unidas,
Reconociendo la importancia de la educación en derechos humanos para los jóvenes,
en particular sobre la igualdad y la no discriminación, para la construcción de sociedades
inclusivas y pacíficas, y tomando nota con aprecio del plan de acción para la cuarta etapa
(2020-2024) del Programa Mundial para la Educación en Derechos Humanos, centrado en
los jóvenes4,
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3
4
2
A/75/982.
A/HRC/55/40.
A/HRC/57/28.
Naciones Unidas y Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura,
World programme for human rights education, fourth phase: plan of action (Nueva York y
Ginebra, 2022).
GE.24-18759