A/HRC/56/60 la interceptación y detención de migrantes7. La anterior titular del mandato emitió una comunicación conjunta8 en la que expresó inquietud por el hecho de que, al reforzar actividades, instituciones y mecanismos que fomentaban la interceptación de migrantes en el mar y su retorno ilícito a Libia, Estado en el que corrían riesgo de ser objeto de esclavitud, trata, tortura y otros malos tratos y desaparición forzada, se estaría vulnerando el principio de no devolución. En concreto, expresó preocupación por el hecho de que se hubiese delegado de facto la búsqueda y salvamento en el mar a un Estado que actualmente podría carecer de la capacidad necesaria para desempeñar adecuadamente esa función respetando la dignidad humana y las normas internacionales de derechos humanos9. 9. Los fallos en la protección no se limitan a una región. La anterior titular del mandato expresó su preocupación por el hecho de que en el Golfo de Bengala se estuviese presuntamente aplicando una política de devoluciones sumarias de migrantes irregulares 10. La Relatora Especial destaca cambios relevantes en la práctica en materia de desembarco en Indonesia, en consonancia con el Reglamento Presidencial núm. 125, de 2016. En particular, se llevaron a cabo varias misiones de búsqueda y salvamento de embarcaciones en peligro y se permitió el desembarco seguro en Indonesia de seis embarcaciones a bordo de las cuales viajaban 809 refugiados rohinyás (entre enero y agosto de 2023). Además, la Relatora Especial señala que, según se informa, en los centros de acogida designados se realizaron controles para detectar casos de trata, en los que se tuvieron en cuenta las necesidades en materia de protección11. 10. Se emitieron comunicaciones conjuntas en relación con la desaparición de 58 migrantes venezolanos que viajaban a bordo de dos embarcaciones con destino a Trinidad y Tabago. Los titulares de mandatos de los procedimientos especiales expresaron su alarma por el tráfico ilícito y la trata de personas desde la República Bolivariana de Venezuela hacia Trinidad y Tabago, así como por la existencia de redes consolidadas de trata de personas con fines de explotación laboral y sexual en la región, lo que podría equivaler, en determinadas circunstancias, a trabajo forzoso y esclavitud sexual. También se expresó preocupación por la criminalización de la migración irregular, que hacía que las personas en situación de vulnerabilidad tomaran rutas migratorias peligrosas y, por tanto, las exponía al riesgo de ser víctimas de la trata12. En una comunicación al Reino de los Países Bajos 13, se transmitieron alegaciones acerca de la desaparición de 15 migrantes venezolanos que viajaban a bordo de una embarcación con destino a Curasao y se denunció que seguían existiendo rutas y redes de trata consolidadas que operaban entre la República Bolivariana de Venezuela y Curasao.14 Se envió a la República Bolivariana de Venezuela una comunicación conexa15, en la que se trataba la desaparición de 73 migrantes, entre ellos posibles víctimas de la trata, tras su salida del país en embarcaciones que viajaban a Curasao y Trinidad y Tabago. 11. En el informe sobre su visita a Bangladesh, la Relatora Especial destacó el papel fundamental que desempeñaba la Guardia Costera de Bangladesh en la identificación de víctimas de la trata en el mar y la asistencia a estas16. Existe un memorando de entendimiento entre la Guardia Costera de la India y la Guardia Costera de Bangladesh que prevé la cooperación en operaciones de búsqueda y salvamento en relación, entre otras cosas, con la trata de personas, con el objetivo de garantizar tanto la seguridad de las vidas como la “buena gobernanza” en el mar. La Relatora Especial expresó su honda preocupación por el elevado número de personas rescatadas en el mar, que podrían ser víctimas de la trata, y por la trágica pérdida de numerosas vidas en el mar. Subrayó la importancia de las vías de derivación para 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 4 Ibid. Véase la comunicación ITA 4/2017, pág. 3. Todas las comunicaciones mencionadas en el presente informe pueden consultarse en https://spcommreports.ohchr.org/Tmsearch/TMDocuments. Ibid. Comunicaciones IDN 5/2015 y THA 3/2015. Oficina Regional del ACNUR para Asia y el Pacífico, “Rohingya refugees fleeing over land and sea – quarterly update as of 31 August 2023”, pág. 4. Comunicación TTO 1/2020, pág. 3. Comunicación NLD 2/2020. Ibid., pág. 2. Comunicación VEN 8/2020 (en español). A/HRC/53/28/Add.1, párr. 37. GE.24-06692

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