A/RES/55/113
Destacando, en ese contexto, la importancia del Tribunal Internacional para el
enjuiciamiento de los presuntos responsables de las violaciones graves del derecho
internacional humanitario cometidas en el territorio de la ex Yugoslavia desde 1991,
Lamentando que se mantengan detenidos en Serbia a presos políticos
kosovares de origen albanés o de otro origen, en violación del derecho y las normas
internacionales relativos a los derechos humanos, pero acogiendo con satisfacción el
compromiso contraído por las autoridades serbias de cumplir las normas
internacionales en sus procedimientos judiciales en éste y otros ámbitos de la
función judicial,
1.
Insta una vez más a todas las partes en el Acuerdo Marco General de Paz
en Bosnia y Herzegovina y sus anexos (en conjunto el “Acuerdo de Paz”)7 a que los
cumplan en forma cabal y sistemática;
2.
Destaca el papel crucial que cabe a los derechos humanos en el
cumplimiento del Acuerdo de Paz, e insiste en la obligación de todas las partes en el
Acuerdo de Paz de respetar el derecho internacional relativo a los derechos humanos
y de garantizar a todas las personas dentro de su jurisdicción el máximo respeto de
las normas internacionales de derechos humanos y libertades fundamentales, con
inclusión del imperio de la ley y la administración eficaz de justicia a todos los
niveles de gobierno, la libertad e independencia de los medios de comunicación, la
libertad de expresión, la libertad de asociación, incluso por lo que respecta a los
partidos políticos, la libertad de religión y la libertad de circulación;
3.
Destaca también la necesidad de intensificar la labor internacional para
promover y hacer realidad el regreso pronto y voluntario de las personas
desplazadas y los refugiados en condiciones de seguridad y con dignidad;
4.
Condena el problema cada vez más grave de la trata de mujeres en la
región, e insta a todas las autoridades competentes a luchar activamente contra esta
práctica criminal;
5.
Insta a todos los Estados y partes en el Acuerdo de Paz que aún no lo
hayan hecho a que cumplan sus obligaciones de cooperar plenamente con el
Tribunal Internacional para el enjuiciamiento de los presuntos responsables de las
violaciones graves del derecho internacional humanitario cometidas en el territorio
de la ex Yugoslavia desde 1991, conforme a lo dispuesto en la resolución
827 (1993) del Consejo de Seguridad, de 25 de mayo de 1993, y en todas las
resoluciones posteriores pertinentes, y en particular a que cumplan su obligación de
detener y poner a disposición del Tribunal a las personas acusadas que se encuentren
en sus territorios o en territorios bajo su control;
6.
Toma nota de que, si bien todos los Estados y todas las partes en el
Acuerdo de Paz han realizado progresos en diverso grado con respecto a la situación
de los derechos humanos, queda mucho por hacer en varios aspectos;
7.
Reitera su llamamiento a todos los Estados y partes en el Acuerdo de Paz
a que se aseguren de que la promoción y protección de los derechos humanos y el
funcionamiento de instituciones democráticas eficaces sean los elementos centrales
de las nuevas estructuras civiles;
8.
Toma nota de los progresos realizados en Bosnia y Herzegovina con
respecto a la aplicación del Acuerdo de Paz;
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