A/HRC/38/47
recibir y difundir informaciones e ideas, sin consideración de fronteras. El anonimato en
línea desempeña un importante papel para las mujeres y otras personas en situación de
riesgo de discriminación y estigmatización, pues les permite recabar información, encontrar
apoyo solidario y compartir opiniones sin temor a ser detectadas. Esto es particularmente
cierto en el caso de las personas que se enfrentan a la discriminación y la persecución
debido a su orientación sexual o su identidad de género (véase A/HRC/29/32).
61.
En una cuestión conexa, una sentencia reciente del Tribunal de Justicia de la Unión
Europea en relación con el procedimiento contra Google Spain, S.L.35, estableció el
“derecho al olvido” para las víctimas, en virtud del cual el interesado puede solicitar que se
lo elimine de la lista de resultados obtenida tras una búsqueda efectuada a partir de su
nombre cuando estos datos sean “inadecuados, no pertinentes o ya no pertinentes” para los
fines del tratamiento de datos y si la información no atañe a una figura pública o no es de
interés público.
3.
Obligaciones de derechos humanos de los Estados para prevenir y combatir
la violencia en línea contra las mujeres y las niñas
62.
Los Estados tienen la obligación de derechos humanos de garantizar que tanto los
agentes estatales como los no estatales se abstengan de incurrir en todo acto de
discriminación o violencia contra la mujer. Los Estados tienen una responsabilidad directa
con respecto a la violencia perpetrada por los agentes del propio Estado. También tienen
obligaciones de diligencia debida a fin de prevenir, investigar y castigar los actos de
violencia contra la mujer cometidos por empresas privadas, como los intermediarios de
Internet, de conformidad con el artículo 2 e) de la Convención sobre la Eliminación de
Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer. El artículo 4 c) de la Declaración
sobre la Eliminación de la Violencia contra la Mujer insta a los Estados a proceder con la
debida diligencia a fin de prevenir, investigar y castigar todo acto de violencia contra la
mujer.
63.
En el marco de su recomendación general núm. 35 (2017), el Comité para la
Eliminación de la Discriminación contra la Mujer recomendó a los Estados que fomentaran
la participación del sector privado, en particular de las empresas y las sociedades
transnacionales, en los esfuerzos por erradicar todas las formas de violencia por razón de
género contra la mujer y que asumieran la responsabilidad por todas las formas de
violencia. De ello se desprende que debe alentarse a los medios sociales y los medios en
línea a crear o fortalecer los mecanismos centrados en la erradicación de los estereotipos de
género, y a poner fin a toda violencia por razón de género cometida en sus plataformas.
64.
El hecho de que las violaciones se cometan fuera de los límites territoriales y la
jurisdicción de los Estados también dificulta a las autoridades, incluidos los organismos
encargados de hacer cumplir la ley, la detección, investigación y enjuiciamiento de los
autores y el otorgamiento de reparación a los supervivientes de la violencia por razón de
género. Además, puede requerir la cooperación extraterritorial entre Estados36.
65.
Más concretamente, las obligaciones de los Estados comprenden una serie de esferas
fundamentales, que se describen a continuación37.
a)
Prevención
66.
La prevención incluye medidas para crear conciencia sobre la violencia contra las
mujeres y las niñas facilitada por las TIC como formas de violencia contra la mujer, así
como para establecer y proporcionar información sobre los servicios y la protección
35
36
37
GE.18-09877
Véase https://eur-lex.europa.eu/legal-content/EN/TXT/?uri=CELEX%3A62012CJ0131.
Véase Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer, recomendación general
núm. 35.
Véase Zarizana Abdul Aziz y Janine Moussa, “Due Diligence Framework: State Accountability
for Eliminating Violence against Women”, Due Diligence Project, 2014; Zarizana Abdul Azis,
“Due Diligence and Accountability for Online Violence against Women”, Documentos temáticos
de la APC, 2017; y Foro para la Gobernanza de Internet, Best Practice Forum on Gender and
Access, 2016.
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