A/RES/48/30
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Recordando que en el cuadragésimo quinto período de sesiones la Sexta
Comisión estableció el Grupo de Trabajo sobre el Decenio de las Naciones
Unidas para el Derecho Internacional con miras a preparar recomendaciones
generalmente aceptables con respecto al programa de actividades para el
Decenio,
Observando que en los períodos de sesiones cuadragésimo sexto,
cuadragésimo séptimo y cuadragésimo octavo, la Sexta Comisión volvió a
convocar al Grupo de Trabajo para que continuara su labor de conformidad con
las resoluciones 45/40, de 28 de noviembre de 1990, 46/53, de 9 de diciembre
de 1991, y 47/32,
Habiendo examinado el informe del Secretario General2 que contiene
información recibida del Comité Internacional de la Cruz Roja sobre la labor
del grupo de expertos encargado de estudiar la cuestión de la protección del
medio ambiente en tiempo de conflicto armado, llevada a cabo bajo los
auspicios del Comité Internacional de la Cruz Roja, y el proyecto de
directrices sobre la protección del medio ambiente en tiempo de conflicto
armado para manuales y programas de instrucción militares que figura en su
anexo,
1.
Expresa su reconocimiento a la Sexta Comisión y a su Grupo de
Trabajo sobre el Decenio de las Naciones Unidas para el Derecho Internacional
por la labor realizada en su actual período de sesiones y pide al Grupo de
Trabajo que continúe su labor en el cuadragésimo noveno período de sesiones de
conformidad con su mandato y sus métodos de trabajo;
2.
Expresa también su reconocimiento a los Estados y a las
organizaciones e instituciones internacionales que han emprendido actividades
con miras a ejecutar el programa de la segunda parte (1993-1994) del Decenio,
incluido el patrocinio de conferencias sobre diversos temas de derecho
internacional;
3.
Invita a todos los Estados y a las organizaciones e instituciones
internacionales mencionadas en el programa a que suministren al Secretario
General información sobre las actividades que hayan emprendido en ejecución
del programa, actualicen o complementen la información suministrada, según
corresponda, y expresen sus opiniones acerca de posibles actividades para la
parte siguiente del Decenio;
4.
Toma nota con reconocimiento, a este respecto, de la Conferencia
Internacional sobre la Protección de las Víctimas de la Guerra, celebrada en
Ginebra del 30 de agosto al 1º de septiembre de 1993, así como de su
declaración final, adoptada el 1º de septiembre de 19933, como importantes
medios para reafirmar, fortalecer y promover el derecho humanitario
internacional, y recuerda a todos los Estados su responsabilidad de respetar y
de velar por que se respete el derecho humanitario internacional a fin de
asegurar la protección de las víctimas de la guerra;
5.
Pide al Secretario General que, sobre la base de la información
suministrada con arreglo al párrafo 3 supra, le presente en su cuadragésimo
noveno período de sesiones un informe sobre la ejecución del programa, junto
con opiniones sobre posibles actividades para la parte siguiente del Decenio;
6.
Pide también al Secretario General que complemente su informe,
según corresponda, con nueva información sobre las actividades de las Naciones
Unidas pertinentes para el desarrollo progresivo del derecho internacional y
su codificación, y que le presente informes anuales al respecto;
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2
A/48/269.
3
A/48/742, anexo.
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