A/RES/58/118
1.
Toma nota del informe del Secretario General 2, preparado en
cumplimiento de la resolución 56/102, relativa a la participación de voluntarios,
“Cascos Blancos”, en las actividades de las Naciones Unidas en la esfera del socorro
humanitario, la rehabilitación y la cooperación técnica para el desarrollo;
Reconoce la utilidad de las medidas nacionales y regionales encaminadas
2.
a poner a disposición del sistema de las Naciones Unidas, por conducto de los
Voluntarios de las Naciones Unidas y otros organismos, cuerpos nacionales de
voluntarios de reserva preestablecidos y capacitados, de conformidad con los
procedimientos y las prácticas aceptados de las Naciones Unidas, a fin de aportar
recursos humanos y técnicos especializados para las actividades de socorro de
emergencia y rehabilitación;
Expresa su satisfacción por los progresos de la iniciativa de los Cascos
3.
Blancos, como singular esfuerzo internacional voluntario para poner a disposición
del sistema de las Naciones Unidas especialistas voluntarios capaces de responder,
en forma rápida y coordinada, a los llamamientos de las Naciones Unidas relativos
al socorro humanitario, la rehabilitación, la reconstrucción y el desarrollo,
manteniendo al mismo tiempo el carácter no político, neutral e imparcial de la acción
humanitaria;
Alienta a los Estados Miembros a que establezcan sus respectivos centros
4.
nacionales de coordinación de los Cascos Blancos a fin de seguir proporcionando al
sistema de las Naciones Unidas una red mundial accesible de servicios de respuesta
rápida en casos de emergencia humanitaria;
Reconoce con aprecio los progresos hechos por los Estados miembros del
5.
Mercado Común del Sur y sus asociados en el fortalecimiento y la ampliación de la
función regional de la iniciativa de los Cascos Blancos, y alienta a los Estados
Miembros en otras asociaciones regionales a que emprendan acciones conjuntas
similares;
Alienta a los colaboradores operacionales del sistema de las Naciones
6.
Unidas, en particular a los Voluntarios de las Naciones Unidas y al Programa de las
Naciones Unidas para el Desarrollo, a que aprovechen la pericia ofrecida por los
voluntarios de los Cascos Blancos, según convenga, incluso en la respuesta a
situaciones crónicas caracterizadas por el hambre, la malnutrición y la pobreza;
Reconoce que la iniciativa de los Cascos Blancos puede desempeñar un
7.
papel importante en la promoción, difusión y ejecución de las decisiones adoptadas
en la Declaración del Milenio1 e invita a los Estados Miembros que puedan hacerlo
a que estudien los medios de asegurar la integración de la iniciativa de los Cascos
Blancos en sus actividades programáticas y suministren recursos financieros
proporcionados por conducto de la cuenta especial del Fondo Especial de
Contribuciones Voluntarias para los Voluntarios de las Naciones Unidas o en
coordinación con ella;
Invita al Secretario General a que, basándose en la experiencia adquirida,
8.
siga estudiando la posibilidad de utilizar a los Cascos Blancos como recurso para
prevenir y mitigar los efectos de las situaciones de emergencia humanitaria
posteriores a los conflictos y, en este contexto, a mantener un apoyo adecuado para las
funciones de enlace de los Cascos Blancos, teniendo presente el proceso de reformas
en curso;
_______________
2
2
A/58/320.
Select target paragraph3
Connect to a paragraph
Connect to an entity
Disable highlights
Add to table of contents