A/RES/50/120
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organizaciones multilaterales, con el fin de integrar eficazmente esa
asistencia en su propio proceso de desarrollo;
13.
Insta a los miembros del sistema de las Naciones Unidas para el
desarrollo a que continúen elaborando una división de responsabilidad
convenida, de conformidad con sus respectivos mandatos, bajo la coordinación
de los gobiernos, y a que refuercen la complementariedad de sus respectivos
papeles sobre el terreno en atención a las necesidades y prioridades de los
países receptores;
14.
Subraya la necesidad de que el sistema de las Naciones Unidas tome
plenamente en consideración los intereses y problemas de todos los países
receptores y, en ese contexto, subraya la necesidad de que considere con
detenimiento los medios de lograr una respuesta más coherente del sistema
a los planes y prioridades nacionales de los gobiernos receptores;
15.
Subraya también la necesidad de que todas las organizaciones del
sistema de las Naciones Unidas para el desarrollo centren sus esfuerzos sobre
el terreno en esferas prioritarias, de conformidad con las prioridades
establecidas por los países receptores y los mandatos, las declaraciones de
misión y las decisiones pertinentes de sus órganos rectores, con miras a
evitar la duplicación de esfuerzos y aumentar la complementariedad y los
efectos de su labor;
16.
Subraya además que, en el contexto de la reforma de la Secretaría
de las Naciones Unidas y de la reestructuración y revitalización del proceso
intergubernamental, se deben respetar y ampliar, teniendo en cuenta sus
complementariedades, los mandatos de las distintas entidades, fondos y
programas sectoriales y especializados y los de los organismos especializados;
17.
Reafirma que la nota sobre la estrategia del país sigue siendo una
iniciativa voluntaria de los países receptores que los países receptores
interesados deben formular de conformidad con sus planes y prioridades de
desarrollo, en cooperación con el sistema de las Naciones Unidas y con la
asistencia de éste bajo la dirección del coordinador residente, en todos los
países receptores cuyos gobiernos así lo decidan;
18.
Decide que, en los países en donde exista, la nota sobre la
estrategia del país debería constituir el marco común para los programas por
países de las organizaciones del sistema de las Naciones Unidas y para
programar, vigilar y evaluar las actividades del sistema de las Naciones
Unidas en esos países, y que la nota sobre la estrategia del país debería
indicar la contribución del sistema de las Naciones Unidas, incluida, cuando
procediere, una indicación del nivel de recursos necesarios para hacer frente
a las necesidades previstas en la nota;
19.
Pide al Secretario General que, en consulta con los Estados
Miembros interesados y con miras a poder atender de forma más eficaz a las
necesidades de los países receptores, continúe su labor a fin de:
a)
Preparar directrices generales comunes, con objeto de promover una
mayor cohesión y claridad en la contribución del sistema de las Naciones
Unidas a las notas sobre la estrategia del país;
b)
Mejorar la utilidad operacional del sistema, velando por que en la
elaboración de los programas de países concretos se tome plenamente en
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