A/HRC/RES/57/7 p) La transformación de la arquitectura financiera internacional y una solución global al problema de la deuda externa y la carga de la deuda; q) El cumplimiento de los compromisos de financiación del desarrollo, incluidos los relativos a la asistencia oficial para el desarrollo, la financiación relacionada con el cambio climático, el fomento de la capacidad y la transferencia de tecnología, para contribuir a las iniciativas nacionales de desarrollo y hacer frente a las brechas y desigualdades entre los países desarrollados y los países en desarrollo; 6. Destaca la importancia de preservar la riqueza y la diversidad de la comunidad internacional de naciones y pueblos, y de respetar las particularidades nacionales y regionales y los distintos contextos históricos, culturales y religiosos, en el marco del fortalecimiento de la cooperación internacional en la esfera de los derechos humanos; 7. Insta a todos los actores de la escena internacional a que establezcan un orden internacional basado en la inclusión, la justicia, la igualdad y la equidad, la dignidad humana, el entendimiento mutuo y la promoción y el respeto de la diversidad cultural y los derechos humanos universales, y a que rechacen todas las doctrinas de exclusión basadas en el racismo, la discriminación racial, la xenofobia y las formas conexas de intolerancia, así como el discurso de odio y las ideologías de carácter supremacista; 8. Reafirma que todos los Estados deben promover el establecimiento, mantenimiento y fortalecimiento de la paz y la seguridad internacionales y, con ese fin, deben hacer cuanto esté en su poder por lograr el desarme general y completo bajo un control internacional eficaz y por que los recursos liberados con medidas de desarme efectivas se utilicen para el desarrollo sostenible, en particular de los países en desarrollo; 9. Subraya que los intentos de derrocar a Gobiernos legítimos por la fuerza u otros medios ilegales perturban el orden democrático y constitucional, el ejercicio legítimo del poder y el pleno disfrute de los derechos humanos; 10. Reafirma la necesidad de seguir trabajando con urgencia por el establecimiento de un orden económico internacional basado en la equidad, la igualdad soberana, la interdependencia, el interés común y la cooperación de todos los Estados, sea cual fuere su sistema económico y social, a fin de remediar las desigualdades y reparar las injusticias actuales, eliminar las disparidades crecientes entre los países desarrollados y los países en desarrollo y garantizar a las generaciones presentes y futuras la paz y la justicia y un desarrollo económico y social que se acelere a un ritmo sostenido; 11. Toma nota del informe del Experto Independiente sobre la promoción de un orden internacional democrático y equitativo1; 12. Reitera que, para responder a los retos y crisis mundiales actuales, es esencial un multilateralismo renovado que tenga un enfoque más eficaz y más inclusivo y se centre en las personas y el respeto de todos los derechos humanos, y destaca que tal esfuerzo requiere el liderazgo mundial y la coordinación de unas Naciones Unidas sólidas y dotadas de una financiación adecuada, así como el pleno compromiso y la participación sostenida de los Estados, las instituciones financieras internacionales, el sector privado, el mundo académico y la sociedad civil; 13. Exhorta a todos los Gobiernos a que cooperen con el Experto Independiente, lo ayuden a cumplir su mandato y le faciliten toda la información necesaria que les pida, a fin de que pueda ejercer adecuadamente sus funciones; 14. Solicita al Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos que siga proporcionando todos los recursos humanos y financieros necesarios para el cumplimiento efectivo del mandato del Experto Independiente; 15. Invita al Experto Independiente a que, de conformidad con su mandato, estudie y presente medidas concretas que puedan adoptar los Estados y las instituciones internacionales para contribuir a la promoción de un orden internacional democrático y equitativo y a la transformación de la arquitectura financiera internacional, en estrecha 1 4 A/HRC/57/49. GE.24-18550

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