A/RES/60/119 Observando con interés la cooperación y la participación activa de algunas Potencias administradoras en los trabajos del Comité Especial, y alentando a las demás a que hagan lo mismo, Tomando nota de que, del 17 al 19 de mayo de 2005, el Comité Especial celebró en Canouan (San Vicente y las Granadinas) el Seminario Regional del Caribe sobre el examen de mitad de período, el seguimiento y las prioridades para la acción del Segundo Decenio Internacional para la Eliminación del Colonialismo 2, 1. Reafirma su resolución 1514 (XV) y todas las demás resoluciones y decisiones sobre la descolonización, incluida su resolución 55/146, por la que declaró el período 2001-2010 Segundo Decenio Internacional para la Eliminación del Colonialismo, y exhorta a las Potencias administradoras a que, de conformidad con esas resoluciones, adopten todas las medidas necesarias para que los pueblos de los territorios no autónomos de que se trate puedan ejercer plenamente y sin más demora su derecho a la libre determinación, incluida la independencia; 2. Reafirma una vez más que la sus formas y manifestaciones, incluida con la Carta de las Naciones Unidas, independencia a los países y pueblos Derechos Humanos 3; existencia del colonialismo en cualquiera de la explotación económica, es incompatible la Declaración sobre la concesión de la coloniales y la Declaración Universal de 3. Reafirma su determinación de seguir adoptando todas las medidas necesarias para lograr la eliminación completa y rápida del colonialismo y la observancia estricta por todos los Estados de las disposiciones pertinentes de la Carta, la Declaración sobre la concesión de la independencia a los países y pueblos coloniales y la Declaración Universal de Derechos Humanos; 4. Afirma una vez más su apoyo a las aspiraciones de los pueblos bajo dominación colonial a ejercer su derecho a la libre determinación, incluida la independencia, de conformidad con las resoluciones de las Naciones Unidas sobre la descolonización; 5. Exhorta a las Potencias administradoras a que cooperen plenamente con el Comité Especial para concluir antes de fines de 2005 un programa de trabajo constructivo, caso por caso, para los territorios no autónomos, con objeto de facilitar el cumplimiento del mandato del Comité Especial y de las resoluciones sobre descolonización, incluidas las relativas a territorios concretos; 6. Acoge complacida los avances logrados en las consultas que se están celebrando entre el Comité Especial y Nueva Zelandia, en su condición de Potencia administradora de Tokelau, con la participación de representantes del pueblo de Tokelau, como demuestra la decisión de noviembre de 2003 del Fono General de Tokelau de estudiar activamente junto con Nueva Zelandia la posibilidad de la autonomía en régimen de libre asociación; 7. Acoge con beneplácito el envío de la Misión Especial de las Naciones Unidas a Bermuda, a petición del Gobierno territorial y con el consentimiento de la Potencia administradora, que proporcionó información a la población del Territorio sobre el papel de las Naciones Unidas en el proceso de libre determinación, sobre las opciones legítimas respecto de la condición política definidas claramente en su _______________ 2 3 2 Ibíd., cap. II, anexo. Resolución 217 A (III).

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