A/RES/65/219
progresos realizados para que la asistencia oficial para el desarrollo se utilice de
manera efectiva para lograr los objetivos y las metas de desarrollo;
25. Reconoce la necesidad de facilitar el acceso de los países en desarrollo a
los mercados, especialmente en los sectores de la agricultura, los servicios y los
productos no agrícolas, en particular a los que son de interés para los países en
desarrollo;
26. Pide que se avance a un ritmo deseable en una verdadera liberalización
del comercio, incluso en relación con los aspectos que se están negociando en la
Organización Mundial del Comercio, que se cumplan los compromisos relativos a
cuestiones y problemas de ejecución, que se examinen las disposiciones sobre el
trato especial y diferenciado con miras a hacerlas más estrictas y precisas, eficaces y
operacionales, que se eviten nuevas formas de proteccionismo, y que se ofrezca
capacitación y asistencia técnica a los países en desarrollo, cuestiones todas ellas
importantes para avanzar hacia el ejercicio pleno del derecho al desarrollo;
27. Reconoce el importante vínculo que existe entre las esferas de la
economía, el comercio y las finanzas internacionales y la realización del derecho al
desarrollo, destaca a este respecto la necesidad de lograr la buena gobernanza y
ampliar la base para la adopción de decisiones a nivel internacional sobre cuestiones
de interés en materia de desarrollo, así como la necesidad de subsanar las
deficiencias institucionales y afianzar el sistema de las Naciones Unidas y otras
instituciones multilaterales, y destaca también la necesidad de ampliar y reforzar la
participación de los países en desarrollo y los países de economía en transición en
los procesos internacionales de adopción de decisiones y establecimiento de normas
en materia económica;
28. Reconoce también que, en el plano nacional, la buena gobernanza y el
estado de derecho ayudan a todos los Estados a promover y proteger los derechos
humanos, incluido el derecho al desarrollo, y está de acuerdo en la utilidad de la
labor que realizan los Estados para determinar y consolidar prácticas de buena
gobernanza, incluidas las caracterizadas por la transparencia, la responsabilidad, la
rendición de cuentas y la participación, que respondan y se ajusten a sus necesidades
y aspiraciones, incluso en el contexto de las alianzas como mecanismo convenido
para el desarrollo, la creación de capacidad y la asistencia técnica;
29. Reconoce además la importancia del papel de la mujer y sus derechos y
la aplicación de la perspectiva de género como aspecto intersectorial del proceso de
realización del derecho al desarrollo, y observa en particular la relación positiva que
existe entre la educación de las mujeres y su participación igualitaria en las
actividades cívicas, culturales, económicas, políticas y sociales de la comunidad y
en la promoción del derecho al desarrollo;
30. Destaca la necesidad de integrar los derechos de las niñas y los niños por
igual en todos los programas y las políticas y de asegurar la promoción y protección
de esos derechos, especialmente en los ámbitos relacionados con la salud, la
educación y el pleno desarrollo de su capacidad;
31. Acoge con beneplácito la Declaración política sobre el VIH/SIDA
aprobada en su reunión de alto nivel sobre el VIH/SIDA el 2 de junio de 2006 16,
destaca que deben adoptarse nuevas medidas suplementarias en los planos nacional
e internacional para combatir el VIH/SIDA y otras enfermedades transmisibles,
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Resolución 60/262, anexo.
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