A/RES/48/152
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Observando que queda mucho por hacer para que el trato dispensado a los
prisioneros se ajuste a las disposiciones de los Convenios de Ginebra de 12 de
agosto de 1949 y sus Protocolos Adicionales de 1977,
Profundamente preocupada por el hecho de que la repatriación de
refugiados afganos ha disminuido espectacularmente en 1993, debido a la
situación imperante en el Afganistán, y expresando la esperanza de que las
condiciones en el país permitan regresar lo antes posible a los que todavía
permanecen en el exilio,
Consciente de que, para repatriar con éxito a unos 4 millones de
refugiados, es indispensable restablecer la paz y la seguridad en el
Afganistán y, en particular, lograr una solución política general, formar un
gobierno libre y democráticamente elegido, poner fin a los enfrentamientos
armados en Kabul y en algunas provincias, despejar los campos de minas
sembrados en muchas partes del país, restablecer una autoridad efectiva en
todo el país y reconstruir la economía,
Afirmando que la declaración de amnistía general hecha por el Estado
Islámico del Afganistán deberá aplicarse de forma estrictamente no
discriminatoria y que los prisioneros detenidos sin someterlos a juicio por
grupos rivales en territorio afgano deben ser puestos en libertad
incondicionalmente,
Encomiando las actividades realizadas por la Oficina del Alto
Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados y el Comité
Internacional de la Cruz Roja en cooperación con las autoridades afganas, así
como por organizaciones no gubernamentales, en favor del pueblo afgano,
Tomando nota con reconocimiento del informe del Relator Especial 7/ y de
las conclusiones y recomendaciones que en él figuran,
Acogiendo con satisfacción el hecho de que el Relator Especial haya
podido visitar Kabul, capital del Afganistán,
1.
Acoge con beneplácito la colaboración que las autoridades del
Afganistán han prestado al Relator Especial sobre la situación de los derechos
humanos en el Afganistán, habida cuenta de las circunstancias imperantes en el
país;
2.
Acoge asimismo con beneplácito la cooperación que las autoridades
del Afganistán han prestado en particular al Coordinador de los programas de
asistencia humanitaria y económica relativos al Afganistán, y a diversas
organizaciones internacionales, como los organismos especializados, la Oficina
del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados y el Comité
Internacional de la Cruz Roja;
3.
Insta a todas las partes afganas a que emprendan todos los
esfuerzos posibles, con los auspicios de las Naciones Unidas cuando sea
pertinente, por lograr una solución política amplia, única forma de alcanzar
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A/48/584, anexo.
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