A/HRC/44/51 desglosados por sexo en relación con los salarios y las condiciones, en todas las cadenas mundiales de suministro; d) Reformulen las políticas y los marcos económicos, incluidos los presupuestos nacionales y las políticas fiscales, para centrarse en el bienestar humano y dar prioridad a la redistribución del poder y los recursos, la efectividad de los derechos humanos, la sostenibilidad ambiental y la creación de trabajo decente para todos. B. Protección contra la violencia y el acoso en el cambiante mundo del trabajo 64. Para hacer frente a la violencia y el acoso, el Grupo de Trabajo recomienda a los Estados que: a) Ratifiquen el Convenio sobre la Violencia y el Acoso, 2019 (núm. 190), de la OIT, y garanticen su plena aplicación; b) Introduzcan y refuercen los marcos jurídicos para prevenir y combatir eficazmente al acoso sexual, asegurando que queden incluidos todos los tipos de trabajadores, en particular los trabajadores en formas atípicas de empleo, y que se apliquen a todos los lugares de trabajo, incluidos los espacios públicos, el transporte y las plataformas de trabajo en línea y digitales; c) Introduzcan y refuercen la legislación y los reglamentos en el ámbito laboral para hacer frente a la violencia contra la pareja y la violencia doméstica, entre otras medidas, mediante la concesión de licencias remuneradas por violencia doméstica; d) Aprueben normativas que exijan que los empleadores informen periódicamente sobre los esfuerzos y progresos realizados en la prevención de la violencia y el acoso contra los trabajadores y en la respuesta a este fenómeno, así como en lo relativo a la transparencia de sus datos sobre las denuncias de acoso sexual y sus resultados; e) Fortalezcan los marcos regulatorios relativos a los proveedores de tecnología a fin de asegurar que prevengan y eliminen todas las formas de violencia en línea contra las mujeres y las niñas. C. Reconocer, reducir y redistribuir el trabajo doméstico y de cuidados no remunerado 65. En lo que respecta al trabajo doméstico y de cuidados no remunerado, el Grupo de Trabajo recomienda a los Estados que: a) Garanticen el acceso universal a licencias remuneradas de maternidad, paternidad y parentales para todos los trabajadores, incluidos los que trabajan en formas atípicas de empleo y en el sector informal; b) Propicien el reparto equitativo del trabajo de cuidados remunerado y no remunerado entre mujeres y hombres mediante el establecimiento de una licencia parental remunerada universal para todos los progenitores y mediante intervenciones específicas dirigidas a incrementar el uso de la licencia parental por parte de los hombres, lo que incluye disposiciones que obliguen a optar entre disfrutar del permiso o perderlo; c) Aumenten las inversiones para garantizar el acceso universal a servicios asequibles y de gran calidad para el cuidado de niños, personas con discapacidad y ancianos, asegurando el acceso tanto de los trabajadores del sector informal como de aquellos que trabajan en formas atípicas de empleo; d) Garanticen el acceso universal a una amplia gama de servicios de salud sexual y reproductiva y a información en esta esfera para todas las mujeres y las GE.20-05688 21

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