Aplicación del Convenio sobre la Diversidad Biológica y su contribución al desarrollo sostenible A/RES/74/221 en el proceso de elaboración de un marco mundial para la diversidad biológica después de 2020; 28. Exhorta a los Gobiernos y a todos los interesados a que adopten las medidas necesarias para tener en cuenta los efectos y los beneficios socioeconómicos de la conservación y la utilización sostenible de la diversidad biológic a y sus componentes, así como los ecosistemas que proporcionan servicios esenciales, en los programas y políticas pertinentes a todos los niveles, de conformidad con la legislación, las circunstancias y las prioridades nacionales; 29. Reafirma la importancia de seguir aumentando la eficiencia y la coherencia de las actividades dirigidas a alcanzar los tres objetivos del Convenio y exhorta a las partes y a los interesados a que intensifiquen las medidas de cooperación internacional para cumplir las obligaciones enunciadas en el Convenio; 30. Invita a todas las partes, los departamentos pertinentes de la Secretaría, los organismos especializados, fondos y programas del sistema de las Naciones Unidas y las comisiones regionales a que sigan contribuyendo a lograr los objetivos del Plan Estratégico para la Diversidad Biológica 2011-2020; 31. Reafirma la necesidad de contar con un proceso exhaustivo y participativo destinado a elaborar propuestas para el seguimiento del Plan Estratégico para la Diversidad Biológica 2011-2020, en plena consonancia con la decisión XIII/1 28 y la decisión 14/34, así como otras decisiones pertinentes de la Conferencia de las Partes en el Convenio; 32. Reconoce que las partes en el Convenio han reiterado que es necesario movilizar y proporcionar recursos, financieros, humanos y técnicos, de t odas las fuentes, con miras a lograr la aplicación efectiva del Plan Estratégico para la Diversidad Biológica 2011-2020 y un marco mundial para la diversidad biológica después de 2020 que lo seguirá, destaca la necesidad de considerar más a fondo la evaluación de todos los recursos movilizados en lo que respecta a los resultados logrados en la diversidad biológica, y, a este respecto, acoge con beneplácito la decisión adoptada por las partes en el Convenio sobre el aumento sustancial global de la financiación total relacionada con la diversidad biológica para aplicar el Plan Estratégico, proveniente de diversas fuentes, gracias entre otros medios a la movilización de recursos nacionales e internacionales, la cooperación internacional y la exploración de mecanismos financieros nuevos e innovadores, según proceda, y observa que en la 14ª reunión de la Conferencia de las Partes en el Convenio se afirmó que la movilización de recursos sería parte integral de un marco mundial para la diversidad biológica después de 2020 y se iniciaron los preparativos de ese componente de movilización de recursos en una etapa temprana y manteniendo plena coherencia y coordinación con el proceso de elaboración de un marco para después de 2020; 33. Invita a los países que aún no lo hayan hecho a que ratifiquen el Convenio o se adhieran a él; 34. Invita a las partes en el Convenio a que ratifiquen el Protocolo de Nagoya o se adhieran a él e invita a la Secretaria Ejecutiva del Convenio y al Fondo para el Medio Ambiente Mundial, en el marco de su mandato como mecanismo financiero del Convenio, a que, en colaboración con las organizaciones competentes, continúen respaldando las actividades de creación y desarrollo de la capacidad para apoyar la ratificación y la aplicación del Protocolo; 35. Invita también a las partes en el Convenio a que consideren la posibilidad de ratificar el Protocolo de Cartagena o de adherirse a él, según proceda; 19-22490 11/13

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