A/HRC/RES/32/14
Naciones Unidas
Asamblea General
Distr. general
15 de julio de 2016
Español
Original: inglés
Consejo de Derechos Humanos
32º período de sesiones
Tema 3 de la agenda
Resolución aprobada por el Consejo de Derechos Humanos
el 1 de julio de 2016
32/14. Protección de los derechos humanos de los migrantes:
reforzar la promoción y protección de los derechos
humanos de los migrantes, incluso en los grandes
desplazamientos
El Consejo de Derechos Humanos,
Reafirmando la Declaración Universal de Derechos Humanos, en la que se proclama
que todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y que toda
persona tiene todos los derechos y libertades establecidos en la Declaración, sin distinción
alguna, en particular por motivos de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o
de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o
cualquier otra condición,
Recordando el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, el Pacto
Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, la Convención contra la
Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, la Convención
Internacional para la Protección de Todas las Personas contra las Desapariciones Forzadas,
la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la
Mujer, la Convención sobre los Derechos del Niño, la Convención Internacional sobre la
Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Racial, la Convención de Viena sobre
Relaciones Consulares, la Convención sobre los Derechos de las Personas con
Discapacidad, la Convención Internacional sobre la Protección de los Derechos de Todos
los Trabajadores Migratorios y de sus Familiares, la Convención de las Naciones Unidas
contra la Delincuencia Organizada Transnacional y sus protocolos, en particular el
Protocolo contra el Tráfico Ilícito de Migrantes por Tierra, Mar y Aire, que complementa la
Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional, y el
Protocolo para Prevenir, Reprimir y Sancionar la Trata de Personas, Especialmente Mujeres
y Niños, que complementa la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia
Organizada Transnacional,
GE.16-12194 (S)
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