A/HRC/RES/42/5
Naciones Unidas
Asamblea General
Distr. general
3 de octubre de 2019
Español
Original: inglés
Consejo de Derechos Humanos
42º período de sesiones
9 a 27 de septiembre de 2019
Tema 3 de la agenda
Resolución aprobada por el Consejo de Derechos
Humanos el 26 de septiembre de 2019
42/5.
Los derechos humanos al agua potable y al saneamiento
El Consejo de Derechos Humanos,
Guiado por los propósitos y principios de la Carta de las Naciones Unidas,
Recordando la Declaración Universal de Derechos Humanos, el Pacto Internacional
de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, el Pacto Internacional de Derechos Civiles
y Políticos, la Convención Internacional sobre la Eliminación de Todas las Formas de
Discriminación Racial, la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de
Discriminación contra la Mujer, la Convención sobre los Derechos del Niño y la
Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad,
Recordando también la resolución 70/1 de la Asamblea General, de 25 de
septiembre de 2015, titulada “Transformar nuestro mundo: la Agenda 2030 para el
Desarrollo Sostenible”, en la que la Asamblea se comprometió a no dejar a nadie atrás,
Reafirmando todas las resoluciones anteriores del Consejo de Derechos Humanos
relativas a los derechos humanos al agua potable y al saneamiento,
Recordando todas las resoluciones anteriores de la Asamblea General relativas a los
derechos humanos al agua potable y al saneamiento, incluida la resolución 64/292, de 28 de
julio de 2010,
1.
Acoge con beneplácito la labor del Relator Especial sobre los derechos
humanos al agua potable y al saneamiento 1;
2.
Decide prorrogar el mandato del Relator Especial sobre los derechos
humanos al agua potable y al saneamiento por un período de tres años;
3.
Solicita al Relator Especial que siga informando anualmente al Consejo de
Derechos Humanos y presente un informe anual a la Asamblea General;
4.
Solicita también al Relator Especial que, con motivo del décimo aniversario
de la resolución 64/292 de la Asamblea General y de la resolución 15/9 del Consejo de
Derechos Humanos, de 30 de septiembre de 2010, en las que se reconocen los derechos
humanos al agua potable y al saneamiento, organice actividades de sensibilización, entre
otras cosas a través de los medios sociales y con material accesible, y participe en ellas, y
que, en colaboración con los Estados, recopile buenas prácticas en los planos local,
1
A/HRC/42/47 y Add.1 a 6.
GE.19-16997 (S)
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