A/RES/55/36 2. Reafirma la importancia de que Israel se adhiera al Tratado de no proliferación de las armas nucleares3 y someta todas sus instalaciones nucleares a las salvaguardias totales del Organismo Internacional de Energía Atómica para realizar el objetivo de la adhesión universal al Tratado en el Oriente Medio; 3. Insta a ese Estado a que se adhiera al Tratado sobre la no proliferación de las armas nucleares sin más demora y a que no desarrolle, produzca, ensaye ni adquiera de otro modo armas nucleares, a que renuncie a la posesión de dichas armas y a que someta todas sus instalaciones nucleares no sujetas a salvaguardias a las salvaguardias totales del Organismo Internacional de Energía Atómica como medida importante de fomento de la confianza entre todos los Estados de la región y como medida para fortalecer la paz y la seguridad; 4. Pide al Secretario General que le presente, en su quincuagésimo sexto período de sesiones, un informe sobre la aplicación de la presente resolución; 5. Decide incluir en el programa provisional de su quincuagésimo sexto período de sesiones el tema titulado “El riesgo de proliferación nuclear en el Oriente Medio”. 69a. sesión plenaria 20 de noviembre de 2000 3

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