A/RES/56/189
universidades y organizaciones que prestan servicios empresariales, así como
organismos gubernamentales de importancia fundamental;
10. Exhorta al sistema de las Naciones Unidas a intensificar la armonización
de sus actividades colectivas en materia de desarrollo de los recursos humanos, en
consonancia con las políticas y prioridades nacionales;
11. Alienta al sistema de las Naciones Unidas a que en sus iniciativas
adopte una perspectiva de conjunto sobre el desarrollo de los recursos humanos,
relacionándolo con la adquisición de conocimientos más amplios, con miras a que
esos recursos humanos puedan responder a las nuevas exigencias que acompañan a
la revolución tecnológica y aprovechar las nuevas oportunidades que ofrece la
mundialización;
12. Alienta también al sistema de las Naciones Unidas a que promueva
estrategias de desarrollo de los recursos humanos que faciliten el acceso de los
países en desarrollo a la nueva tecnología de la información y las comunicaciones
con objeto de reducir la brecha digital;
13. Alienta además al sistema de las Naciones Unidas a que centre sus
actividades de cooperación en el fomento de la capacidad humana e institucional,
con especial atención en las mujeres, las niñas y los grupos vulnerables;
14. Alienta al sistema de las Naciones Unidas a que continúe recabando la
colaboración del sector privado, según proceda, de conformidad con las
resoluciones pertinentes de las Naciones Unidas, a fin de ampliar su contribución al
fomento de la capacidad en materia de desarrollo de los recursos humanos en los
países en desarrollo;
15. Invita a las organizaciones internacionales, incluidas las instituciones
financieras internacionales, a que sigan asignando prioridad a la prestación de apoyo
para lograr los objetivos establecidos en materia de desarrollo de los recursos
humanos, y a que integren estos objetivos en sus políticas, proyectos y actividades;
16. Exhorta a los países desarrollados y al sistema de las Naciones Unidas a
que amplíen el apoyo a los programas y las actividades de los países en desarrollo
con miras a promover el desarrollo de los recursos humanos y el fomento de la
capacidad en esa esfera, en particular en el caso de los programas y las actividades
que se centran en la utilización de la tecnología de la información y las
comunicaciones;
17. Pide al Secretario General que, en el quincuagésimo octavo período de
sesiones, le presente un informe sobre la aplicación de la presente resolución;
18. Decide incluir en el programa provisional de su quincuagésimo octavo
período de sesiones, en relación con el tema titulado “Desarrollo sostenible y
cooperación económica internacional”, el subtema titulado “Desarrollo de los
recursos humanos”.
90ª sesión plenaria
21 de diciembre de 2001
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