A/HRC/RES/23/21 militar, así como la intimidación y detención de los familiares de las personas sospechosas de eludir el servicio nacional en Eritrea; d) Las graves limitaciones impuestas a la libertad de circulación, entre ellas la reclusión arbitraria de las personas atrapadas cuando tratan de huir del país o sospechosas de tener la intención de hacerlo; e) Las violaciones de los derechos del niño, como el reclutamiento forzoso de menores, entre otras; f) El uso generalizado de la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes y el uso de lugares de detención que están muy por debajo de los criterios internacionales, como celdas subterráneas y contenedores metálicos de transporte; g) La práctica de tirar a matar utilizada en las fronteras de Eritrea para detener a los ciudadanos eritreos que tratan de huir del país; h) Toda contravención de sus obligaciones internacionales de derechos humanos cometida por el Gobierno de Eritrea en relación con la recaudación de impuestos entre sus nacionales fuera de Eritrea; i) La falta de cooperación de Eritrea con los mecanismos internacionales y regionales de derechos humanos; 3. Exhorta al Gobierno de Eritrea a que, sin demora: a) Ponga fin a la detención arbitraria de sus ciudadanos y al uso de la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes; b) Informe del paradero de todos los presos políticos, especialmente los miembros del "G-15" y los periodistas, y los ponga en libertad; c) Garantice el acceso gratuito y equitativo de los detenidos a un sistema judicial independiente y mejore las condiciones penitenciarias, en particular prohibiendo el uso de celdas subterráneas y contenedores de transporte para encerrar a los reclusos, poniendo fin a la utilización de centros secretos de detención y tribunales secretos y a la práctica de la detención en régimen de incomunicación y permitiendo que los familiares, los abogados, los médicos y demás autoridades e instituciones competentes y legalmente habilitadas tengan acceso regular a los presos; d) Ponga fin al sistema del servicio nacional indefinido, prevea la objeción de conciencia al servicio militar y ponga término a la práctica obligatoria de que todos los menores sigan su último año de escolarización en un campamento de adiestramiento militar; e) Permita a las organizaciones de derechos humanos y humanitarias desarrollar su actividad en Eritrea sin temor o intimidaciones y facilite la plena ejecución del Marco estratégico de asociación para la cooperación para 2013-2016 suscrito por el Gobierno de Eritrea y las Naciones Unidas el 28 de enero de 2013; f) Respete el derecho de todos a la libertad de expresión y a la libertad de pensamiento, conciencia y religión o creencia, y a la libertad de reunión y de asociación pacíficas; g) Refuerce la promoción y protección de los derechos de la mujer, entre otras cosas, adoptando medidas suplementarias para combatir las prácticas nocivas, como el matrimonio precoz y la mutilación genital femenina; h) Aplique las recomendaciones aceptadas durante su examen periódico universal, informe sobre los progresos realizados y coopere plenamente con el Consejo de Derechos Humanos y el examen periódico universal en su segundo ciclo; GE.13-15094 3

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