A/RES/59/202 prevenibles, y que se calcula que casi el doble de mujeres que hombres sufren malnutrición; 5. Alienta a todos los Estados a que tomen medidas para lograr gradualmente la plena realización del derecho a la alimentación, entre otras, medidas encaminadas a promover las condiciones necesarias para que nadie padezca hambre y todos disfruten cuanto antes del derecho a la alimentación, y también a que elaboren y adopten planes nacionales de lucha contra el hambre; 6. Pide a todos los Estados y a todos los actores del sector privado, así como a las organizaciones internacionales en el marco de sus respectivos mandatos, que tengan plenamente en cuenta la necesidad de promover la realización efectiva del derecho a la alimentación para todos, incluso en las negociaciones en curso en distintas esferas; 7. Alienta a todos los Estados a que adopten medidas para combatir la discriminación contra la mujer, especialmente cuando contribuya a la malnutrición de las mujeres y las niñas, incluso medidas para hacer respetar el derecho a la alimentación y asegurar a las mujeres el acceso en condiciones de igualdad a los recursos necesarios para poder alimentarse, en particular ingresos, tierras y agua; 8. Destaca la necesidad de tomar disposiciones para movilizar recursos técnicos y financieros de todas las fuentes, incluido el alivio de la deuda externa de los países en desarrollo, y asignarlos y utilizarlos con la máxima eficiencia, así como de reforzar las medidas nacionales para aplicar una política sostenible de seguridad alimentaria; Acoge con beneplácito la reunión de líderes mundiales sobre la acción 9. contra el hambre y la pobreza, organizada por los presidentes del Brasil, Chile y Francia y por el Presidente del Gobierno de España, con el apoyo del Secretario General, y la declaración de Nueva York sobre la Acción contra el hambre y la pobreza aprobada en esa reunión, que cuenta hasta la fecha con el respaldo de ciento diez países, y recomienda que se sigan tomando medidas para encontrar fuentes adicionales de financiación para luchar contra el hambre y la pobreza; 10. Reconoce que las promesas hechas en la Cumbre Mundial sobre la Alimentación, celebrada en 1996, de reducir a la mitad el número de personas subalimentadas no se están cumpliendo, e invita una vez más a todas las instituciones financieras y de desarrollo internacionales y a los organismos y fondos competentes de las Naciones Unidas a que den prioridad al objetivo de reducir a la mitad, para el año 2015, el número de personas que padece hambre, y la realización del derecho a la alimentación consagrado en la Declaración de Roma sobre la Seguridad Alimentaria Mundial6 y en la Declaración del Milenio4, y a que provean los fondos necesarios para lograrlo; 11. Insta a los Estados a que en sus estrategias de desarrollo y en sus gastos den prioridad adecuada a la realización del derecho a la alimentación; 12. Toma nota del informe provisional del Relator Especial de la Comisión de Derechos Humanos sobre el derecho a la alimentación 8 y encomia al Relator Especial por su valiosa labor de promoción de ese derecho; _______________ 8 Véase A/59/385. 3

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