A/RES/70/133
Seguimiento de la Cuarta Conferencia Mundial sobre la Mujer y plena aplicación
de la Declaración y Plataforma de Acción de Beijing y de los resultados del
vigésimo tercer período extraordinario de sesiones de la Asamblea General
marcos normativos y de políticas sectoriales, de conformidad con su mandato, y
alienta a la Entidad a que siga promoviendo la necesidad de incorpor ar y fortalecer
la perspectiva de género en la labor de los órganos y procesos intergubernamentales
y las oportunidades al respecto, y proporcione asistencia técnica, a solicitud de los
Estados Miembros, con el fin de fortalecer la perspectiva de género en las
resoluciones y otros resultados;
12. Reconoce el importante papel que desempeña ONU-Mujeres en la
promoción de la igualdad entre los géneros y el empoderamiento de la mujer y el
papel central que desempeña en la prestación de apoyo a los Estados Mie mbros, la
coordinación del sistema de las Naciones Unidas y la movilización de la sociedad
civil, el sector privado y otros interesados pertinentes a todos los niveles en apoyo
de la aplicación de la Declaración y Plataforma de Acción de Beijing, y exhorta a
ONU-Mujeres y al sistema de las Naciones Unidas a que, en el marco de sus
respectivos mandatos, sigan apoyando la aplicación plena, efectiva y acelerada de la
Declaración y Plataforma de Acción de Beijing a nivel internacional, regional,
nacional y local, entre otras cosas mediante la incorporación sistemática de las
cuestiones de género, la movilización de recursos para obtener resultados y el
seguimiento de los progresos realizados con datos y sistemas de rendición de
cuentas sólidos;
13. Insta a los Estados Miembros a que aumenten los fondos que destinan al
presupuesto de ONU-Mujeres haciendo, cuando las disposiciones legislativas y
presupuestarias lo permitan, contribuciones voluntarias básicas que sean
plurianuales, predecibles, estables y sostenibles, reconociendo la importancia de
contar con fondos suficientes para que ONU-Mujeres pueda ejecutar su plan
estratégico con prontitud y de manera efectiva y la persistente dificultad de
movilizar recursos financieros para lograr sus objetivos;
14. Insta también a los Estados Miembros a que adopten nuevas medidas
concretas para asegurar la aplicación plena, efectiva y acelerada de la Declaración y
Plataforma de Acción de Beijing y los resultados del vigésimo tercer período
extraordinario de sesiones de la Asamblea General mediante, entre otras cosas: el
fortalecimiento de la aplicación de leyes, políticas, estrategias y actividades de
programas para todas las mujeres y las niñas; el apoyo y forta lecimiento de los
mecanismos institucionales para la igualdad entre los géneros y el empoderamiento
de las mujeres y las niñas a todos los niveles; la transformación de las normas
discriminatorias y los estereotipos de género y la promoción de normas y prá cticas
sociales que reconozcan el papel positivo y la contribución de las mujeres y
eliminen la discriminación contra las mujeres y las niñas; el aumento significativo
de la inversión para subsanar las deficiencias en materia de recursos, en particular
mediante la movilización de recursos financieros de todas las fuentes, incluida la
movilización y asignación de recursos nacionales y el otorgamiento de una mayor
prioridad a la igualdad entre los géneros y el empoderamiento de la mujer en la
asistencia oficial para el desarrollo a fin de aprovechar los progresos alcanzados y
asegurar que la asistencia oficial para el desarrollo se utilice eficazmente y
contribuya a la aplicación de la Plataforma de Acción; el fortalecimiento de la
rendición de cuentas para el cumplimiento de los compromisos existentes; y una
mejora del desarrollo de la capacidad, la reunión de datos, la supervisión y la
evaluación, y un mayor uso de las tecnologías de la información y las
comunicaciones y acceso a ellas;
15. Alienta a todas las instancias, entre ellas los gobiernos, el sistema de las
Naciones Unidas y demás organizaciones internacionales y la sociedad civil, a que
sigan apoyando la labor de la Comisión de la Condición Jurídica y Social de la
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