A/RES/57/148
para el asentamiento en el lugar de refugio de los que deseen integrarse en él, en
cooperación con las autoridades locales;
2.
Exhorta también a todos los Estados, organizaciones regionales,
organizaciones intergubernamentales y no gubernamentales y demás órganos
competentes a que ofrezcan respaldo al Gobierno de la República Federativa de
Yugoslavia en sus esfuerzos por lograr la transición de la etapa de socorro a la de los
objetivos a largo plazo de la rehabilitación, la reconstrucción y el desarrollo del país;
3.
Acoge con satisfacción el empeño que la República Federativa de
Yugoslavia sigue manifestando en cooperar con el sistema de las Naciones Unidas y
las organizaciones humanitarias para atender las necesidades humanitarias de la
población afectada, sobre todo los refugiados y los desplazados internos, y la alienta
a proseguir esa cooperación, e insta a las autoridades competentes y a la comunidad
internacional a que respalden los programas que garantizarán que se atiendan las
necesidades humanitarias de los refugiados y los desplazados internos vulnerables
que haya en la República Federativa de Yugoslavia y a que intenten hallar
soluciones duraderas a la difícil situación de esas personas, en particular la
repatriación y la reinserción voluntarias, destaca la necesidad de crear condiciones
que favorezcan su regreso en condiciones de seguridad, y hace hincapié, a este
respecto, en la importancia que tiene la cooperación regional para encontrar
soluciones a la difícil situación de los refugiados;
4.
Pide a todos los Estados Miembros, a las organizaciones
intergubernamentales y a las organizaciones no gubernamentales que ayuden
financieramente y de otras maneras a establecer soluciones duraderas para los
refugiados y los desplazados internos, mediante, entre otras cosas, la aplicación de
la Estrategia Nacional para Resolver Problemas de Refugiados y Desplazados
Internos en la República Federativa de Yugoslavia;
5.
Pide al Secretario General y a la Oficina del Alto Comisionado de las
Naciones Unidas para los Refugiados y otros organismos que sigan gestionando la
prestación oportuna de asistencia humanitaria internacional y de asistencia para el
desarrollo a la República Federativa de Yugoslavia;
6.
Reconoce que no habrá llamamiento humanitario unificado de las
Naciones Unidas en 2003, pero subraya la importancia de la coordinación de la
asistencia humanitaria a la República Federativa de Yugoslavia, mediante, entre
otras cosas, los mecanismos del sistema de coordinadores residentes de las Naciones
Unidas;
7.
Pide a las Naciones Unidas y los organismos especializados que, en
cooperación con el Gobierno de la República Federativa de Yugoslavia, las
organizaciones internacionales y regionales y los órganos competentes, así como
con los Estados interesados, sigan esforzándose por determinar las necesidades
humanitarias, con miras a garantizar vínculos efectivos entre el socorro y la
asistencia a más largo plazo que se presten a la República Federativa de Yugoslavia,
teniendo en cuenta la labor que ya se ha llevado a cabo en este ámbito y la
necesidad de evitar la duplicación y la superposición de esfuerzos;
8.
Pide al Secretario General que le presente, en su quincuagésimo noveno
período de sesiones, un informe sobre la aplicación de la presente resolución, en
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