A/RES/60/168
Destacando el papel central que corresponde al Coordinador del Socorro de
Emergencia en la coordinación interinstitucional de la protección y la asistencia que se
brinda a los desplazados internos, y celebrando las iniciativas que se adoptan
constantemente para establecer mejores estrategias de protección, asistencia y desarrollo
para los desplazados internos, así como una mejor coordinación de las actividades a su
respecto,
Encomiando al Representante del Secretario General sobre los derechos
humanos de los desplazados internos por las actividades que ha realizado hasta la
fecha, por la función catalizadora que desempeña para que se cobre más conciencia
de la difícil situación de los desplazados internos y por su labor dirigida a promover
una estrategia amplia que se centre en la prevención, así como en ofrecer mejor
protección y asistencia y en atender sus necesidades de desarrollo y otras
necesidades específicas, incluso incorporando los derechos humanos de los
desplazados internos en todas las partes pertinentes del sistema de las Naciones
Unidas,
Tomando nota de la resolución 2005/46 de la Comisión de Derechos Humanos,
de 19 de abril de 2005 2, y recordando la Declaración y el Programa de Acción de
Viena aprobados el 25 de junio de 1993 por la Conferencia Mundial de Derechos
Humanos 3, en lo que se refiere a la necesidad de elaborar estrategias mundiales para
hacer frente al problema de los desplazamientos internos,
Deplorando las prácticas de los desplazamientos forzados y sus consecuencias
negativas para el disfrute de los derechos humanos y las libertades fundamentales
por grandes grupos de población, y observando que en el Estatuto de Roma de la
Corte Penal Internacional 4 se tipifican como crímenes de lesa humanidad la
deportación o el traslado forzoso de población y como crímenes de guerra la
deportación o el traslado ilegales de la población civil, así como el hecho de ordenar
el desplazamiento de la población civil,
Acogiendo con beneplácito el aumento de la difusión, la promoción y la
aplicación de los Principios rectores de los desplazamientos internos al hacer frente
a situaciones de esa índole,
Acogiendo también con beneplácito la cooperación que se ha establecido entre
el nuevo Representante del Secretario General y las Naciones Unidas y otras
organizaciones internacionales y regionales, y alentando el fortalecimiento de esa
cooperación a fin de promover mejores estrategias de protección, asistencia y
desarrollo para los desplazados internos,
Expresando su reconocimiento por la importante aportación que hacen, de
manera independiente, el Movimiento Internacional de la Cruz Roja y de la Media
Luna Roja y otros organismos humanitarios en la protección y asistencia de los
desplazados internos, en cooperación con los órganos internacionales competentes,
Recordando su resolución 58/177, de 22 de diciembre de 2003,
_______________
2
Véase Documentos Oficiales del Consejo Económico y Social, 2005, Suplemento No. 3 (E/2005/23 (Part I)),
cap. II, secc. A.
3
A/CONF.157/24 (Part I), cap. III.
4
Documentos Oficiales de la Conferencia Diplomática de Plenipotenciarios de las Naciones Unidas sobre
el establecimiento de una corte penal internacional, Roma, 15 de junio a 17 de julio de 1998, vol. I:
Documentos finales (publicación de las Naciones Unidas, número de venta: S.02.I.5), secc. A.
2
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