A/RES/64/205 comunidad internacional a que apoye los esfuerzos de los países en desarrollo por elaborar y aplicar estrategias y programas, incluidas, de ser necesarias, políticas y leyes favorables para el desarrollo sostenible de las regiones montañosas en el marco de los planes de desarrollo nacionales; 16. Alienta el establecimiento a nivel nacional y regional de nuevos comités y mecanismos institucionales similares integrados por diversos interesados, según proceda, para intensificar la coordinación y la colaboración intersectoriales en pro del desarrollo sostenible de las regiones montañosas; 17. Alienta a las autoridades locales, así como a otras partes directamente interesadas, en particular la población rural, los pueblos indígenas, la sociedad civil y el sector privado, a que participen más en la elaboración y ejecución de programas, disposiciones sobre la planificación del uso y la tenencia de la tierra y actividades relacionadas con el desarrollo sostenible de las regiones montañosas; 18. Subraya la necesidad de ampliar el acceso de las mujeres de las regiones montañosas a los recursos, incluida la tierra, y de fortalecer su papel en los procesos de adopción de decisiones que afecten a sus comunidades, culturas y entornos; 19. Alienta a los gobiernos y organizaciones intergubernamentales a incorporar la dimensión de género, en particular indicadores desglosados por sexo, en sus actividades, programas y proyectos para el desarrollo de las regiones montañosas; 20. Destaca que las culturas, las tradiciones y los conocimientos indígenas, incluso en el ámbito de la medicina, deben considerarse, respetarse y promoverse plenamente en las políticas y la planificación del desarrollo de las regiones montañosas, y subraya la importancia de promover la participación y la intervención plenas de las comunidades de las regiones montañosas en la adopción de las decisiones que las afectan y de integrar los conocimientos, el patrimonio y los valores indígenas en todas las iniciativas para el desarrollo; 21. Recalca la necesidad de tener en cuenta los artículos pertinentes del Convenio sobre la Diversidad Biológica6; 22. Recuerda con satisfacción que la Conferencia de las Partes en el Convenio sobre la Diversidad Biológica aprobó un programa de trabajo sobre la diversidad biológica de las montañas 8, cuyo objetivo general es reducir considerablemente para 2010 la pérdida de diversidad biológica de las montañas a nivel mundial, regional y nacional, y cuya aplicación tiene por objeto contribuir en gran medida a la erradicación de la pobreza en las regiones montañosas; 23. Invita a los Estados y otros interesados a reforzar la aplicación del programa de trabajo sobre la diversidad biológica de las montañas, renovando su compromiso político y estableciendo mecanismos institucionales adecuados, integrados por diversos interesados, y a ese respecto observa con satisfacción la colaboración que se ha establecido entre la secretaría del Convenio sobre la Diversidad Biológica, la Alianza para las Montañas y el Foro de las Montañas para movilizar a los gobiernos y a otras partes interesadas con objeto de que mejoren la cooperación y para ayudar a fomentar la capacidad a fin de aplicar el programa de trabajo; 24. Reconoce que es preciso ayudar a muchos países en desarrollo y países de economía en transición a formular y aplicar estrategias y programas nacionales _______________ 8 4 UNEP/CBD/COP/7/21, anexo, decisión VII/27, anexo.

Select target paragraph3