A/RES/56/219
de Mantenimiento de la Paz de la Secretaría, y recalca la necesidad de que la
Asamblea General lleve a cabo una evaluación constante de esa función;
10. Destaca a este respecto la función del Servicio de Actividades relativas a
las Minas como centro de coordinación de esas actividades dentro del sistema de las
Naciones Unidas, y su continua colaboración con los organismos, fondos y
programas de las Naciones Unidas y su coordinación de todas las actividades
relativas a las minas realizadas por éstos;
11. Observa con reconocimiento la estrategia de actividades relativas a las
minas para el período 2001–2005 presentada por el Secretario General 14, le pide que
la mejore al máximo recabando y teniendo en cuenta las opiniones de los Estados
Miembros y teniendo en cuenta las repercusiones del problema de las minas
terrestres en la rehabilitación, la reconstrucción y el desarrollo, con vistas a asegurar
la eficacia de la asistencia prestada por las Naciones Unidas para las actividades
relativas a las minas; destaca a este respecto la importancia de llevar a cabo nuevas
evaluaciones y estudios multisectoriales para definir mejor la naturaleza, el alcance
y los efectos del problema de las minas terrestres en los países afectados y para
prestar apoyo al establecimiento de prioridades y planes de acción nacionales claros;
observa con reconocimiento a ese respecto que las Naciones Unidas siguen
formulando normas internacionales sobre actividades relativas a las minas con
objeto de apoyar la realización efectiva de esas actividades en condiciones de
seguridad; hace hincapié en la necesidad de establecer un proceso participativo para
la elaboración de esas normas, y alienta al Secretario General a distribuir las
normas, una vez concluidas, a todos los Estados Miembros como documento de las
Naciones Unidas;
12. Toma nota con reconocimiento de la política de gestión de la información
con respecto a las actividades relativas a las minas presentada por el Secretario
General e insiste a este respecto en la conveniencia de crear un sistema global de
gestión de la información con respecto a las actividades relativas a las minas, tras
un proceso participativo, bajo la coordinación general del Servicio de Actividades
relativas a las Minas y con el apoyo del Centro Internacional de Ginebra de Remoción
Humanitaria de Minas, con el fin de facilitar la coordinación de las actividades
sobre el terreno y el establecimiento de prioridades en la realización de esas
actividades;
13. Acoge con beneplácito a ese respecto el establecimiento de una Red
Electrónica de Información sobre las Minas para apoyar la función de las Naciones
Unidas como centro depositario de información relativa a las minas y como portal
de acceso a todos los datos pertinentes facilitados por los Estados Miembros y las
organizaciones y fundaciones regionales, gubernamentales y no gubernamentales
con respecto a las actividades relativas a las minas;
14. Acoge con beneplácito también los enfoques adoptados recientemente
con respecto al establecimiento de centros de coordinación de las actividades
relativas a las minas, alienta la creación de otros centros de ese tipo, especialmente
en situaciones de emergencia, y alienta también a los Estados a apoyar las
actividades de dichos centros y a los fondos fiduciarios creados para coordinar la
asistencia prestada a las actividades relativas a las minas bajo los auspicios del
Servicio de Actividades relativas a las Minas;
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14
A/56/448/Add.1.
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