A/RES/56/18
1.
Reafirma la necesidad de que se observe plenamente la Carta de las
Naciones Unidas;
2.
Exhorta a todos los Estados, las organizaciones internacionales
pertinentes y los órganos competentes de las Naciones Unidas a que respeten los
principios de la integridad territorial y la soberanía de todos los Estados y de la
inviolabilidad de las fronteras internacionales, continúen tomando medidas de
conformidad con la Carta y los compromisos asumidos en el marco de la
Organización para la Seguridad y la Cooperación en Europa, así como ampliando el
alcance de los acuerdos regionales, según proceda, para eliminar las amenazas a la
paz y la seguridad internacionales y ayudar a prevenir conflictos en Europa
Sudoriental que puedan conducir a la desintegración violenta de los Estados;
3.
Reafirma la necesidad apremiante de que Europa sudoriental se consolide
como una región de paz, seguridad, estabilidad, democracia, cooperación y
desarrollo económico y de promoción de la buena vecindad y respeto de los
derechos humanos, lo que contribuiría al mantenimiento de la paz y la seguridad
internacionales y mejoraría las perspectivas de desarrollo sostenible y prosperidad
de todos los pueblos de la región, parte integrante de Europa, y reconoce el papel de
las Naciones Unidas, la Organización para la Seguridad y la Cooperación en Europa
y la Unión Europea en la promoción del desarme regional;
4.
Exhorta a todos los participantes en el Pacto de Estabilidad para Europa
Sudoriental, así como a todas las organizaciones internacionales interesadas a que
apoyen los esfuerzos de los Estados de Europa sudoriental en pro de la estabilidad y
cooperación regionales, para que puedan lograr el desarrollo sostenible e integrarse
en las estructuras europeas;
5.
Exhorta a todos los Estados a que contribuyan a la plena aplicación de la
resolución 1244 (1999) del Consejo de Seguridad, relativa a Kosovo (República
Federativa de Yugoslavia), así como de las resoluciones 1345 (2001) y 1371 (2001) del
Consejo;
6.
Rechaza el uso de la violencia para alcanzar objetivos políticos, e insiste
en que solamente las soluciones políticas pacíficas pueden garantizar un futuro
estable y democrático para Europa sudoriental;
Acoge con beneplácito la firma del Acuerdo Marco de Ohrid (ex
7.
República Yugoslava de Macedonia), el 13 de agosto de 2001, y apoya su aplicación
plena y oportuna por las partes en el Acuerdo;
Destaca la importancia de la buena vecindad y el establecimiento de
8.
relaciones de amistad entre los Estados y hace un llamamiento a todos los Estados
para que resuelvan sus controversias con otros Estados por medios pacíficos, de
conformidad con la Carta;
9.
Insta a que se fortalezcan las relaciones entre los Estados de Europa
sudoriental sobre la base del respeto del derecho internacional y los acuerdos
internacionales, de conformidad con el principio de la buena vecindad y del respeto
mutuo;
10. Reconoce los esfuerzos de la comunidad internacional, y acoge con
satisfacción en particular la asistencia ya prestada por la Unión Europea, otros
contribuyentes y el Pacto de Estabilidad para Europa Sudoriental, en la promoción
del proceso de desarrollo democrático y económico a largo plazo de la región;
11. Destaca que el acercamiento de los Estados de Europa sudoriental y la
Unión Europea ha de tener repercusiones positivas en la seguridad y la situación
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