CEDAW/C/GC/31/Rev.1 CRC/C/GC/18/Rev.1 acerca de las normas sociales, las actitudes y las expectativas que están asociadas con la feminidad y la masculinidad tradicionales y los papeles estereotipados vinculados al sexo y al género, así como trabajar en colaboración con ellos para apoyar un cambio personal y social dirigido a eliminar la desigualdad de género y promover la importancia de valorar la educación, en especial la educación de las niñas, en un esfuerzo por erradicar las prácticas nocivas que afectan específicamente a las preadolescentes y las adolescentes. 68. Las mujeres y las adolescentes que han sido o corren el peligro de ser sometidas a prácticas nocivas se enfrentan a graves riesgos para su salud sexual y reproductiva, en particular en un contexto en el que ya tropiezan con obstáculos a la hora de adoptar decisiones sobre esas cuestiones debido a la falta de información y de servicios adecuados, como por ejemplo servicios adaptados a los adolescentes. Por consiguiente, es necesario prestar especial atención al acceso de las mujeres y los adolescentes a información fidedigna sobre la salud y los derechos sexuales y reproductivos, y sobre las consecuencias de las prácticas nocivas, así como al acceso a servicios adecuados y confidenciales. Una educación apropiada para cada edad, que incluya información de base científica sobre la salud sexual y reproductiva, contribuye a empoderar a las niñas y las mujeres para que tomen decisiones informadas y reivindiquen sus derechos. Con este fin, los profesionales sanitarios y los profesores que tienen un conocimiento, un entendimiento y unas competencias adecuados desempeñan un papel crucial a la hora de transmitir la información, prevenir las prácticas nocivas e identificar y ayudar a las mujeres y las niñas que son víctimas de tales prácticas o podrían correr el riesgo de verse sometidas a ellas. 69. Los Comités recomiendan a los Estados partes en las Convenciones que: a) Proporcionen una educación primaria universal, gratuita y obligatoria que esté adaptada a las niñas, incluso en las zonas remotas y rurales, consideren hacer obligatoria la educación secundaria a la vez que se ofrecen incentivos económicos a las niñas embarazadas y las madres adolescentes para que completen su educación secundaria, y establezcan políticas de regreso no discriminatorias; b) Brinden a las niñas y las mujeres oportunidades educativas y económicas en un entorno seguro y propicio en el que puedan desarrollar su autoestima, su conciencia respecto de sus derechos y sus competencias comunicativas, negociadoras y de resolución de problemas; c) Incluyan en el plan de estudios información sobre los derechos humanos, incluidos los de las mujeres y los niños, la igualdad de género y el conocimiento de uno mismo, y contribuyan a eliminar los estereotipos de género y a propiciar un entorno de no discriminación; d) Garanticen que las escuelas proporcionen información apropiada para cada edad sobre la salud y los derechos sexuales y reproductivos, entre otros temas con respecto a las relaciones de género y el comportamiento sexual responsable, la prevención del VIH, la nutrición y la protección contra la violencia y las prácticas nocivas; e) Aseguren el acceso a programas de educación no formales para las niñas que han abandonado la escuela ordinaria, o que nunca se han escolarizado y son analfabetas, y controlen la calidad de esos programas; f) Recaben la participación de los hombres y los niños varones en la creación de un entorno propicio que apoye el empoderamiento de las mujeres y las niñas. 3. Desarrollo de la capacidad a todos los niveles 70. Uno de los retos principales en la eliminación de las prácticas nocivas tiene que ver con la falta de conciencia o capacidad de los profesionales pertinentes, incluidos los profesionales de primera línea, para comprender e identificar correctamente los casos de prácticas nocivas o los riesgos de que estas se produzcan, y para darles una respuesta adecuada. Un enfoque global, holístico y eficaz del fomento de la capacidad debe tener como objetivo implicar a dirigentes influyentes, tales como los dirigentes religiosos y tradicionales, y a tantos grupos profesionales competentes como sea posible, incluidos los 16 GE.19-07611

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