CEDAW/C/GC/31/Rev.1
CRC/C/GC/18/Rev.1
inferioridad de uno de los sexos, los intentos por ejercer control sobre los cuerpos y la
sexualidad de las mujeres y las niñas, las desigualdades sociales y la prevalencia de
estructuras de poder dominadas por el sexo masculino. La labor encaminada a cambiar las
prácticas debe abordar aquellas causas sistémicas y estructurales subyacentes de las
prácticas nocivas tradicionales, emergentes y reemergentes, y empoderar a las niñas y las
mujeres y a los niños y los hombres para que contribuyan a transformar las actitudes
culturales tradicionales que consienten las prácticas nocivas, actúen como agentes de ese
cambio y refuercen la capacidad de las comunidades para apoyar tales procesos.
18.
Pese a los esfuerzos por combatir las prácticas nocivas, el número total de mujeres y
niñas afectadas sigue siendo extremadamente alto y puede que esté aumentando, en
particular, por ejemplo, en situaciones de conflicto y como resultado de avances
tecnológicos como el uso generalizado de los medios sociales. Al examinar los informes de
los Estados partes, los Comités han observado que con frecuencia los miembros de
comunidades practicantes que se han mudado a países de destino mediante la migración o
la solicitud de asilo siguen adhiriéndose a las prácticas nocivas. Las normas sociales y las
creencias culturales que respaldan tales prácticas nocivas persisten y a veces las promueve
una determinada comunidad en un intento por preservar su identidad cultural en un nuevo
entorno, en particular en países de destino donde los papeles asignados a cada género
otorgan a las mujeres y las niñas una mayor libertad personal.
A.
Mutilación genital femenina
19.
La mutilación genital femenina, la circuncisión de la mujer o la ablación genital
femenina es la práctica consistente en extirpar de forma parcial o total los órganos genitales
femeninos externos o en causar otros daños a los órganos genitales de la mujer que no se
realice por motivos médicos ni de salud. En el contexto de la presente recomendación u
observación general conjunta, la denominación empleada será mutilación genital femenina.
Esta se practica en todas las regiones y, en algunas culturas, es un requisito para contraer
matrimonio y se considera un método eficaz para controlar la sexualidad de las mujeres y
las niñas. Puede tener diversas consecuencias inmediatas o a largo plazo para la salud,
como por ejemplo dolores intensos, traumatismo, infecciones y complicaciones durante el
parto (que afectan tanto a la madre como al niño), y problemas ginecológicos a largo plazo
como fístula, efectos psicológicos y la muerte. La Organización Mundial de la Salud y el
Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia calculan que entre 100 y 140 millones de
niñas y mujeres en todo el mundo se han visto sometidas a algún tipo de mutilación genital
femenina.
B.
Matrimonio infantil o forzado
20.
El matrimonio infantil, también denominado matrimonio de menores es cualquier
matrimonio en el que al menos uno de los contrayentes es menor de 18 años. La inmensa
mayoría de los matrimonios infantiles, tanto de derecho como de hecho, afectan a las niñas,
aunque a veces sus cónyuges también son menores de 18 años. El matrimonio infantil se
considera una forma de matrimonio forzado, ya que no se cuenta con el consentimiento
pleno, libre e informado de una de las partes o de ninguna de ellas.
21.
En algunos contextos, los niños están prometidos o se casan muy jóvenes y, en
muchos casos, se obliga a niñas pequeñas a casarse con un hombre que puede ser varios
decenios mayor. En 2012 el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia informó de que
casi 400 millones de mujeres de entre 20 y 49 años de edad en todo el mundo se habían
casado o habían pasado a formar parte de una unión antes de cumplir los 18 años 9. Por
tanto, los Comités han venido prestando una atención especial a los casos en que se ha
casado a niñas sin su consentimiento pleno, libre e informado, como cuando se las ha
casado demasiado jóvenes como para estar preparadas física y psicológicamente para la
vida adulta o para tomar decisiones conscientes e informadas y por ende no estaban
preparadas para consentir su matrimonio. Otros ejemplos incluyen casos en los que los
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Véase www.apromiserenewed.org.
GE.19-07611