A/RES/65/182 30. Invita a los Estados y a los órganos y las organizaciones competentes del sistema de las Naciones Unidas, incluidos los titulares de mandatos de derechos humanos, los órganos creados en virtud de tratados de derechos humanos y las comisiones regionales, así como a las organizaciones intergubernamentales y no gubernamentales pertinentes interesadas en la materia, a que contribuyan a la labor encomendada al grupo de trabajo de composición abierta, según corresponda; 31. Solicita al Secretario General que en su sexagésimo sexto período de sesiones le presente un informe sobre la aplicación de la presente resolución, que incluya la situación relativa a los derechos de las personas de edad en todas las regiones del mundo. 71ª sesión plenaria 21 de diciembre de 2010 5

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