A/RES/54/219
Página 3
4. Hace suya también la propuesta del Secretario General de establecer un equipo y una secretaría
interinstitucionales para la reducción de los desastres, bajo la autoridad directa del Secretario General Adjunto
de Asuntos Humanitarios, de modo flexible, por el período inicial del bienio 2000–2001, y de realizar un
examen de esas disposiciones después del primer año de operaciones con miras a presentar propuestas sobre
los ajustes pertinentes 7;
5. Decide seguir observando el segundo miércoles de octubre el Día Internacional para la Reducción
de los Desastres Naturales;
6. Pide al Secretario General que establezca un fondo fiduciario de contribuciones voluntarias para
la reducción de los desastres a fin de permitir la financiación de la secretaría interinstitucional para la
reducción de los desastres, y que transfiera todo el patrimonio del Fondo Fiduciario del Decenio Internacional
para la Reducción de los Desastres Naturales a ese nuevo fondo fiduciario para la reducción de los desastres,
con efecto a partir del 1/ de enero de 2000;
7. Insta a los gobiernos a que sigan cooperando y coordinando su labor con el Secretario General y
el Secretario General Adjunto de Asuntos Humanitarios, el sistema de las Naciones Unidas, las
organizaciones no gubernamentales y otros asociados, según proceda, a fin de aplicar y seguir perfeccionando
una estrategia amplia orientada a lograr la máxima cooperación internacional posible en la esfera de los
desastres naturales, sobre la base de una división eficaz del trabajo, desde la prevención a la alerta temprana,
la respuesta, la mitigación, la rehabilitación y la reconstrucción, incluso mediante el fomento de la capacidad
en todos los planos y el establecimiento y fortalecimiento de enfoques mundiales y regionales, en que se
tengan en cuenta las circunstancias y necesidades regionales, subregionales, nacionales y locales, así como
la necesidad de fortalecer la coordinación de los organismos nacionales que prestan asistencia de emergencia
en caso de desastres naturales;
8. Pide al Secretario General que solicite las aportaciones necesarias a los gobiernos y a las
organizaciones pertinentes del sistema de las Naciones Unidas, así como a las organizaciones no
gubernamentales, a fin de perfeccionar aún más y difundir las listas de organizaciones del sistema de las
Naciones Unidas y de organizaciones no gubernamentales de protección civil y de asistencia de emergencia
en todos los planos, con inventarios actualizados de recursos disponibles, a fin de prestar asistencia en caso
de desastres naturales;
9. Pide también al Secretario General que perfeccione aún más y difunda por todas las vías
disponibles, incluso por medio de manuales, la información necesaria para orientar a la comunidad
internacional en general en la gestión eficaz de la cooperación internacional en las esferas de la prevención
de desastres, la alerta temprana, la respuesta, la mitigación, la rehabilitación y la reconstrucción;
10. Destaca la necesidad urgente de desarrollar más a fondo y utilizar los conocimientos científicos y
técnicos existentes a fin de reducir la vulnerabilidad a los desastres naturales, teniendo en cuenta las
necesidades particulares de los países en desarrollo, y, a ese respecto, exhorta a todos los países a que
incentiven la investigación científica y la capacitación de expertos en universidades e instituciones
especializadas y a que promuevan el intercambio de información;
7
Véase A/54/497, párrs 11 a 14.
/...