A/RES/57/74
de las minas antipersonal emplazadas en todo el mundo y la destrucción de esas
minas;
7.
Invita y alienta a todos los Estados interesados, a las Naciones Unidas, a
otras organizaciones o instituciones internacionales competentes, a las
organizaciones regionales, al Comité Internacional de la Cruz Roja y a las
organizaciones no gubernamentales competentes, a que participen en el programa de
trabajo entre períodos de sesiones establecido en la Primera Reunión de los Estados
Partes en la Convención y elaborado ulteriormente en las reuniones Segunda,
Tercera y Cuarta;
8.
Pide al Secretario General que, de conformidad con el párrafo 2 del
artículo 11 de la Convención, lleve a cabo los preparativos necesarios para convocar la
quinta Reunión de los Estados Partes en la Convención en Bangkok, del 15 al 19 de
septiembre de 2003, y que, en nombre de los Estados Partes y de conformidad con el
párrafo 4 del artículo 11 de la Convención, invite a los Estados que no sean partes
en la Convención, así como a las Naciones Unidas, otras organizaciones o
instituciones internacionales competentes, las organizaciones regionales, el Comité
Internacional de la Cruz Roja y las organizaciones no gubernamentales competentes,
a asistir a la Reunión en calidad de observadores;
9.
Decide incluir en el programa provisional de su quincuagésimo octavo
período de sesiones el tema titulado “Aplicación de la Convención sobre la
prohibición del empleo, almacenamiento, producción y transferencia de minas
antipersonal y sobre su destrucción”.
57ª sesión plenaria
22 de noviembre de 2002
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