A/RES/51/210 Página 2 Meridional para la Cooperación Regional, la Unión Europea, el Consejo de Europa, el Movimiento de los Países no Alineados y los países del grupo de los siete principales países industrializados y la Federación de Rusia, Tomando nota del informe del Director General de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura sobre actividades educacionales en relación con el proyecto titulado "Hacia una cultura de paz"2, Recordando que en la Declaración sobre medidas para eliminar el terrorismo internacional la Asamblea General alentó a los Estados a que examinasen con urgencia el alcance de las disposiciones jurídicas internacionales vigentes sobre la prevención, represión y eliminación del terrorismo en todas sus formas y manifestaciones, a fin de asegurar la existencia de un marco jurídico global que abarque todos los aspectos de la cuestión, Teniendo presente la posibilidad de considerar en el futuro la elaboración de una convención general sobre el terrorismo internacional, Observando que los atentados terroristas con bombas, explosivos u otros mecanismos incendiarios o mortíferos se han difundido cada vez más, y destacando la necesidad de complementar los instrumentos jurídicos vigentes a fin de enfrentar concretamente el problema de los atentados terroristas realizados por esos medios, Reconociendo la necesidad de mejorar la cooperación internacional para impedir el uso de materiales nucleares con fines terroristas y de preparar un instrumento jurídico apropiado, Reconociendo también la necesidad de reforzar la cooperación internacional para impedir el uso de materiales químicos y biológicos con fines terroristas, Convencida de la necesidad de aplicar efectivamente y complementar las disposiciones de la Declaración sobre medidas para eliminar el terrorismo internacional, Habiendo examinado el informe del Secretario General3, I 1. Condena enérgicamente todos los actos, métodos y prácticas terroristas por considerarlos criminales e injustificables, dondequiera y por quienquiera sean cometidos; 2. Reitera que los actos criminales con fines políticos concebidos o planeados para provocar un estado de terror en la población en general, en un grupo de personas o en personas determinadas son injustificables en todas las circunstancias, cualesquiera sean las consideraciones políticas, filosóficas, ideológicas, raciales, étnicas, religiosas o de cualquier otra índole que se hagan valer para justificarlos; 2 A/51/395, anexo. 3 A/51/336 y Add.1 /...

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