A/HRC/RES/43/21 Reconociendo también que el diálogo entre religiones, culturas y civilizaciones en la esfera de los derechos humanos podría contribuir en gran medida a fortalecer la cooperación internacional en esa esfera, Reconociendo además la importancia de fomentar las relaciones internacionales sobre la base del respeto mutuo, la equidad, la justicia y la cooperación mutuamente beneficiosa, y de construir una comunidad de futuro compartido para los seres humanos en la que todas las personas gocen de sus derechos humanos, 1. Exhorta a todos los Estados a defender el multilateralismo y a trabajar de consuno para promover una cooperación mutuamente beneficiosa en la esfera de los derechos humanos, y alienta a otras partes interesadas, entre ellas las organizaciones internacionales y regionales y las organizaciones no gubernamentales, a que contribuyan activamente a esa labor; 2. Destaca la función esencial del Consejo de Derechos Humanos como principal órgano intergubernamental que se ocupa de dichos derechos en el sistema de las Naciones Unidas, y pone de relieve la necesidad de que el Consejo cumpla su mandato manteniendo un firme compromiso con el multilateralismo mediante la aplicación de los principios de universalidad, imparcialidad, objetividad y no selectividad, diálogo internacional constructivo y cooperación, a fin de mejorar la promoción y la protección de todos los derechos humanos; 3. Exhorta a todos los Estados y otros interesados a que establezcan un diálogo y una cooperación constructivos y genuinos en la esfera de los derechos humanos, sobre la base de la universalidad, la imparcialidad, la objetividad, la indivisibilidad, la no selectividad, la no politización, la igualdad y el respeto mutuo, con el fin de promover la comprensión mutua, ampliar el terreno de entendimiento, reducir las diferencias e intensificar la cooperación constructiva; 4. Reitera el importante papel de la asistencia técnica y el fomento de la capacidad en la promoción y protección de los derechos humanos, exhorta a los Estados a que refuercen la asistencia técnica y el fomento de la capacidad en materia de derechos humanos mediante una cooperación mutuamente beneficiosa, previa solicitud de los Estados beneficiarios y atendiendo las prioridades establecidas por ellos, y a este respecto acoge con beneplácito la cooperación Norte-Sur, Sur-Sur y triangular; 5. Toma nota del informe del Comité Asesor del Consejo de Derechos Humanos sobre el papel de la asistencia técnica y el fomento de la capacidad en la promoción de la cooperación mutuamente beneficiosa para la promoción y protección de los derechos humanos1; 6. Pone de relieve la importancia del examen periódico universal, en su calidad de mecanismo basado en la cooperación y el diálogo constructivo cuyo objetivo es, entre otras cosas, mejorar la situación de los derechos humanos sobre el terreno y promover el cumplimiento de las obligaciones y los compromisos asumidos por los Estados en materia de derechos humanos, y exhorta a todos los Estados y a los interesados correspondientes a participar de forma constructiva en dicho mecanismo; 7. Invita a los mecanismos y procedimientos de derechos humanos de las Naciones Unidas pertinentes a que sigan prestando atención a la importancia de la cooperación mutuamente beneficiosa para la promoción y protección de todos los derechos humanos; 8. Decide celebrar, en su 46º período de sesiones, una reunión sobre el tema 3 de su agenda, de dos horas de duración y presidida por el Presidente del Consejo de Derechos Humanos, en la que se trate la importancia de la mitigación de la pobreza para la promoción y protección de los derechos humanos, y en la que participen altos funcionarios de los Estados para intercambiar información sobre las buenas prácticas y la experiencia en sus países en lo que respecta a determinados aspectos de la promoción y protección de los 1 GE.20-08874 A/HRC/43/31. 3

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