Naciones Unidas Asamblea General A/RES/55/107 Distr. general 14 de marzo de 2001 Quincuagésimo quinto período de sesiones Tema 114 b) del programa Resolución aprobada por la Asamblea General [sobre la base del informe de la Tercera Comisión (A/55/602/Add.2)] 55/107. Promoción de un orden internacional democrático y equitativo La Asamblea General, Tomando nota de la aprobación de la resolución 2000/62 de la Comisión de Derechos Humanos, de 26 de abril de 2000 1, Reafirmando el compromiso de todos los Estados de cumplir sus obligaciones de promover el respeto universal y la observancia y protección de los derechos humanos y las libertades fundamentales para todos, de conformidad con la Carta de las Naciones Unidas, otros instrumentos de derechos humanos y el derecho internacional, Afirmando que el incremento de la cooperación internacional para la promoción y protección de todos los derechos humanos debe seguir conformándose plenamente a los propósitos y principios de la Carta y el derecho internacional, como se establece en los Artículos 1 y 2 de la Carta y, entre otras cosas, respetando plenamente la soberanía, la integridad territorial, la independencia política, el principio de la no utilización de la fuerza o de la amenaza del uso de la fuerza en las relaciones internacionales y la no injerencia en los asuntos que básicamente forman parte de la jurisdicción interna de un Estado, Recordando el Preámbulo de la Carta, en particular la determinación de reafirmar la fe en los derechos humanos fundamentales, en la dignidad y el valor de la persona humana y en la igualdad de derechos de hombres y mujeres y de las naciones grandes y pequeñas, Reafirmando que toda persona tiene derecho a que se establezca un orden social e internacional en el que los derechos y libertades proclamados en la Declaración Universal de Derechos Humanos 2 se hagan plenamente efectivos, Reafirmando también la determinación expresada en el Preámbulo de la Carta de preservar a las generaciones venideras del flagelo de la guerra, crear condiciones en las cuales puedan mantenerse la justicia y el respeto de las obligaciones emanadas de 1 Véase Documentos Oficiales del Consejo Económico y Social, 2000, Suplemento No. 3 y corrección (E/2000/23 y Corr.1), cap. II, secc. A. 2 Resolución 217 A (III). 00 56584

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