Fortalecimiento de la coordinación de la asistencia humanitaria de emergencia que prestan las Naciones Unidas A/RES/69/135 35. Exhorta a los donantes a que aporten recursos suficientes, oportunos, previsibles y flexibles, basados en la evaluación de las necesidades y en proporción con ellas, en particular para las situaciones de emergencia sin financiación suficiente y olvidadas, consideren la posibilidad de asumir compromisos tempranos y multianuales en materia de financiación humanitaria común y continúen apoyando diversos cauces de financiación humanitaria, alienta a que se procure aplicar los Principios y buena gestión de las donaciones humanitarias6 y, a que se reparta mejor la carga entre los donantes y, a este respecto, alienta al sector privado, la sociedad civil y otras entidades pertinentes a que hagan contribuciones apropiadas que complementen las de otras fuentes; 36. Exhorta a los Estados Miembros, las Naciones Unidas y las organizaciones humanitarias a que encuentren mejores maneras de trabajar para subsanar la brecha cada vez mayor en materia de capacidad y de recursos, a fin de satisfacer efectivamente las necesidades de la población afectada; 37. Exhorta a los Estados Miembros que estén en condiciones de hacerlo y a los asociados en actividades humanitarias y para el desarrollo a que, en sus esfuerzos por proporcionar recursos flexibles, examinen la manera de mejorar la incorporación de la necesidad de preparación y de fortalecimiento de la resiliencia en la prestación de asistencia humanitaria y para el desarrollo, incluida la reconstrucción y rehabilitación, entre otras cosas, con el fin de asegurar una transición sin tropiezos del socorro al desarrollo; 38. Alienta a los agentes humanitarios y de desarrollo a que, cuando proceda, traten de lograr objetivos comunes de gestión de riesgos y resiliencia, que puedan alcanzarse mediante actividades conjuntas de análisis, planificación, programación y financiación; 39. Exhorta a todos los Estados Miembros que estén en condiciones de hacerlo a que aumenten sus contribuciones voluntarias a las situaciones de emergencia humanitaria, y, en este contexto, reitera que la Oficina de Coordinación de Asuntos Humanitarios debería tener una financiación suficiente y más previsible; 40. Acoge con beneplácito los importantes logros conseguidos por el Fondo Central para la Acción en Casos de Emergencia en la tarea de asegurar una respuesta más oportuna y predecible a las situaciones de emergencia humanitaria, destaca la importancia de seguir mejorando el funcionamiento del Fondo y, en ese sentido, alienta a los fondos, programas y organismos especializados de las Naciones Unidas a que examinen y evalúen, cuando sea necesario, sus políticas y prácticas en materia de alianzas con miras a asegurar la entrega oportuna de los recursos del Fondo a los asociados en la ejecución, a fin de asegurar que los recursos se utilicen de la manera más eficiente, eficaz, responsable y transparente posible; 41. Exhorta a todos los Estados Miembros, e invita al sector privado y a todas las personas e instituciones interesadas, a que estudien la posibilidad de aumentar sus contribuciones voluntarias al Fondo Central para la Acción en Casos de Emergencia, y pone de relieve que las contribuciones deberán sumarse a los compromisos actuales respecto de los programas humanitarios y no ir en detrimento de los recursos disponibles para la cooperación internacional en materia de desarrollo; _______________ 6 A/58/99-E/2003/94, anexo II. 9/12

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